Jurado decidió no excluir a José Luna de la campaña electoral
Jurado decidió no excluir a José Luna de la campaña electoral
Mario Mejía Huaraca

El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1 declaró infundado el pedido de exclusión del candidato a la primera vicepresidencia por la alianza Solidaridad Nacional-UPP, , por haber regalado una beca de estudios en un programa de televisión.

El Comercio no pudo publicar esta noticia en su edición impresa porque el JEE publicó la resolución después de la medianoche, posterior a nuestra hora de cierre. Sin embargo, la información estuvo disponible en nuestra versión web apenas el jurado oficializó su decisión.

El tribunal dice en su resolución que se ha verificado que el legislador de Solidaridad Nacional donó una beca de la Universidad Telesup, de la que es copropietario, en un programa de televisión de Panamericana Televisión conducido por el animador Andrés Hurtado, conocido como 'Chibolín'.

No obstante, el JEE Lima Centro 1 concluye que la entrega no se realizó en un acto de carácter proselitista, "pues se trata de un programa televisivo de entretenimiento, que no ha sido contratado por el candidato sino por el contrario, asiste en condición de invitado". Por lo tanto, sostiene que no se infringió la norma, razón por la cual no hay motivo para excluir la candidatura de José Luna Gálvez

En la resolución del JEE Lima Centro 1, colgada hoy en la página web del Jurado Nacional de Elecciones a las 00:21 horas, se agrega que el legislador "no realiza ningún tipo de ofrecimiento como actividad destinada a captar seguidores para una causa política, como es la captación de votos de los electores".

El órgano electoral añade que, por el contrario, el otorgamiento de la beca no se puede considerar como una acción prohibida porque "la supuesta promesa no fue una iniciativa del candidato, sino que fue inducido y casi forzado por el conductor del programa a realizar la promesa u ofrecimiento".     

Finalmente, el JEE Lima Centro 1 advierte que los denunciantes de José Luna Gálvez son los mismos ciudadanos que vienen interponiendo este mismo tipo de denuncias por presunta vulneración al artículo 42° de la Ley de Organizaciones Políticas a otros candidatos de diferentes organizaciones políticas, "por lo que se invoca no hacer un uso abusivo de la utilización de la citada normativa".

Dice, además, que "este clima de reiteradas denuncias carente de asidero fáctico y legal, viene creando en el electorado una situación de desconfianza en los entes electorales y un clima de incertidumbre al desconocer hasta una fecha muy próxima al acto electoral quiénes serán los candidatos que continúan en carrera". 

De ser apelada esta resolución, será resuelta en segunda y última instancia por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). 

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