Pedido para habilitar a Nadine fue declarado improcedente
Pedido para habilitar a Nadine fue declarado improcedente
Redacción EC

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró improcedente el pedido del abogado Jesús Barboza Cruz, Partido Nacionalista Peruano, para que, través de una resolución administrativa, el órgano electoral declarase inaplicable el artículo 107° de la Ley Orgánica de Elecciones para el caso de la primera dama, Nadine Heredia. Este artículo impide al cónyuge (y a otros familiares) del presidente de la República ser candidato a ese cargo.

Según el informe jurídico de la Dirección General de Normatividad y Asuntos Jurídicos del JNE, este no se puede pronunciar sobre una "hipotética candidatura".

"(...) No existiendo a la fecha convocatoria a elecciones generales, deviene en un imposible jurídico que el JNE emita pronunciamiento, y en primera instancia, respecto de una hipotética candidatura", se lee en el documento. 

Y agrega que será en el momento oportuno, es decir, dentro de un proceso electoral, y si se presentara la solicitud de inscripción de la candidatura de la esposa del presidente Humala, que un Jurado Electoral Especial expresará su decisión en primera instancia. En una segunda instancia le correspondería pronunciarse a los magistrados del JNE.

Cabe precisar que la respuesta del órgano electoral tiene fecha 29 de abril del 2013, cuatro días después de que Jesús Barboza presentara su escrito en nombre de la Asociación de Profesionales y Técnicos Nacionalistas del Perú. El abogado había señalado que luego recurrió al Poder Judicial al no tener respuesta del órgano electoral.

TAMBIÉN EL PODER JUDICIAL
No solo el JNE, sino también el Tercer Juzgado Constitucional de Lima, declaró improcedente la acción de amparo presentada por Jesús Barboza, mediante una resolución emitida el último lunes 20 de enero último.

Esta instancia del Poder Judicial argumenta su decisión en el hecho de que quien solicita tutela en esta vía tiene "que acreditar la titularidad del derecho constitucional". Es decir, la acción de amparo solo puede ser presentada por el interesado, en este caso, Nadine Heredia, o su apoderado legal. 

Esta mañana el legislador oficialista, Sergio Tejada, dijo que el pedido del nacionalista Jesús Barboza es una "iniciativa personal".

Además, el Poder Judicial señala que no se ha acreditado "el agravio en el que pudo haber incurrido" el JNE. En ese sentido, el Poder Judicial considera que "no puede involucrarse en las futuras decisiones" del órgano electoral, si este "no se ha pronunciado violando derechos fundamentales" de Heredia.

La resolución concluye que el abogado Barboza puede recurrir a otras vías.

HEREDIA NEGÓ CANDIDATURA EN 2016
En julio de 2013 Nadine Heredia descartó la posibilidad de postular en el 2016. “Voy a ser muy clara al respecto: niego la posibilidad de postular en el 2016 porque la institucionalidad dentro de una democracia es necesaria e indispensable para que el Perú pueda desarrollarse”, señaló a la prensa. 

También dijo entonces: “No voy a poner ninguna medida legal para favorecer una candidatura mía”.

Tres meses después el mandatario Ollanta Humala dejó abierta la posibilidad de que su esposa postule a la presidencia, pero en el 2021.  

“Tomaremos esa decisión más adelante. Ella es la número 2 del partido gobernante, y no solamente la esposa del presidente”, afirmó en una entrevista con el periodista Andrés Oppenheimer.