Hace dos semanas, en la Comisión de Justicia se aprobó por unanimidad el dictamen que busca tipificar en el Código Penal el financiamiento ilegal de organizaciones políticas. (Foto: Anthony Niño de Guzmán)
Hace dos semanas, en la Comisión de Justicia se aprobó por unanimidad el dictamen que busca tipificar en el Código Penal el financiamiento ilegal de organizaciones políticas. (Foto: Anthony Niño de Guzmán)
Martín León Espinosa

La Junta de Portavoces del Congreso de la República decidió ayer ampliar la agenda del pleno para incluir un dictamen que propone incorporar al Código Penal el delito de financiamiento ilícito de organizaciones políticas. Además, exoneró la iniciativa de debate en la Comisión de Constitución.

El dictamen –elaborado a partir de dos proyectos de Peruanos por el Kambio y uno de Alianza para el Progreso– había sido aprobado hace dos semanas en la Comisión de Justicia, que preside Alberto Oliva (PpK).

El vocero del oficialismo, el congresista Jorge Meléndez, justificó la decisión de la Junta de Portavoces. Consideró que en el pleno debería aprobarse sin cambios.

Para el portavoz de Fuerza Popular, Carlos Tubino, la iniciativa “no es un proyecto que llega y se exonera de comisiones”.

“Se ha hecho el dictamen que se aprobó por unanimidad y luego pasa al pleno del Congreso”, indicó.

Sin embargo, el jefe de Idea Internacional en el Perú, Percy Medina, afirmó que, si bien es importante que se tipifique el financiamiento ilegal de organizaciones políticas, el dictamen que está en el pleno no debería aprobarse como está.

“Es un tema demasiado importante como para que se apruebe de manera apresurada. Es un tema que tiene varias aristas, que requiere un debate detenido y que se consideren distintos aspectos, tanto técnicos como de incentivos que se van a generar para las conductas de los actores políticos y de quienes financian las campañas”.

Una opinión similar tuvo el secretario general de Transparencia, Gerardo Távara. “Es bueno que se avance hacia la tipificación, pero habría que considerar toda la gama de posibles irregularidades que se cometen o cometerían cuando hay financiamiento de partidos o de campañas electorales en función de los informes que la ONPE ha emitido en los últimos años o en función de lo que está ocurriendo”, comentó.

Távara se refiere a las investigaciones a ex presidentes y líderes políticos por los presuntos aportes irregulares que habrían recibido en campañas electorales.

Además, hay una serie de consideraciones y cuestionamientos al dictamen.

1) Las investigaciones por los aportes a las campañas
Actualmente, en la fiscalía se investigan los presuntos aportes irregulares que la constructora Odebrecht habría realizado a campañas electorales, por ejemplo, de Ollanta Humala y Keiko Fujimori. En estos casos, uno de los delitos que se investigan es el de lavado de activos.

Para el abogado penalista Luis Lamas Puccio, la tipificación del financiamiento ilegal de campañas implica que solo se sancionaría por ese delito a partir de que la ley se publique oficialmente.

“En todos los casos anteriores, no procedería una denuncia penal porque la tipificación es a partir de la promulgación de la ley”, recalcó.

Medina y Távara recordaron que si bien existe el principio de irretroactividad, hay excepción en materia penal.

“Alguna de las personas investigadas podría encontrar alguna fórmula para usarla en su proceso”, comentó Távara.

2) Las penas propuestas y las de otros delitos
El dictamen plantea incorporar el artículo 359-A al Código Penal. En el texto, se propone una pena privativa de la libertad no menor de cuatro ni mayor de siete años por el delito.

Asimismo, se castigaría con una pena no menor de seis ni mayor de 13 años los casos agravados. Por ejemplo, cuando una persona realiza actos de conversión y transferencia en el sistema económico de bienes cuya procedencia ilícita conoce, o cuando comete el delito como integrante de una organización criminal.

Medina señaló que en los casos agravados se incluyen algunos supuestos que “actualmente se estarían cubriendo por el delito de lavado de activos”.

“Lo que se estaría haciendo es reducir la pena. Lavado de activos tiene hasta 20 años, y esto haría que la pena se reduzca a un máximo de 13 años”, resaltó.

Además, consideró que el texto del dictamen es muy general e incluye que cuestiones administrativas se castiguen con cárcel, por lo que la norma debería ser mucho más específica.

Lamas Puccio indicó que eso se define como “ley penal en blanco, un hecho penal cuyo análisis implica remitirte a normas administrativas”. “Eso atenta contra el principio de legalidad”, agregó.

3) Informes de la ONPE por las pesquisas fiscales
En las disposiciones complementarias del dictamen, además se busca incorporar el artículo 31-A a la Ley de Organizaciones Políticas.

En este punto, se intenta establecer que “los informes de investigación de financiamiento prohibido, realizado a las organizaciones políticas por la Oficina Nacional de Procesos Electorales, tienen carácter de elemento sustentatorio preliminar para el inicio de las investigaciones a cargo del Ministerio Público, el cual constituye requisito de procedibilidad en la investigación fiscal del proceso penal”. Incluso cuando son denuncias de oficio.

Los especialistas consultados cuestionaron ese planteamiento, ya que afecta la prerrogativa constitucional del Ministerio Público.

“No se puede condicionar la acción fiscal al pronunciamiento de un organismo administrativo. [...] Se está pretendiendo, con esa figura, condicionar la acción de un organismo constitucionalmente autónomo como es el MP”, afirmó Távara.

4) La pregunta del referéndum
Para Percy Medina y Gerardo Távara, el dictamen, en caso de aprobarse, no afectará el referéndum que se realizará en diciembre. Una pregunta es sobre la reforma constitucional para regular el financiamiento de organizaciones políticas.

“Lo que se apruebe en el referéndum, que es una reforma constitucional, tendría una mayor jerarquía”, dijo Medina.