La prohibición del INPE al sentenciado ex presidente Alberto Fujimori de dar declaraciones a una radio local es “inconstitucional” y vulnera los derechos fundamentales de la persona, indicó el abogado penalista Mario Amoretti tras ser consultado en RPP sobre la reciente polémica que ha generado este caso. El letrado hizo hincapié en el artículo 1 del Código de Ejecución Penal, el cual establece que todo condenado o interno “tiene los mismos derechos que un hombre libre”, según precisó.

“El INPE alude a una hoja instructiva del 2002 que es parte del orden legal peruano, donde se establece que no podrán dar declaraciones quienes están sometidos a un régimen de rigor carcelario”, dijo el abogado. Sin embargo, puntualizó que esta es una interpretación del INPE pues el Tribunal Constitucional señala que mientras un interno esté bajo régimen abierto sí puede declarar.

En ese sentido, Amoretti manifestó que Fujimori podría presentar un habeas corpus, a fin que se le conceda expresarse y “tomando como sustento las sentencias que el TC ha emitido en los últimos años”. “El 2001 hubo una a favor de Abimael Guzmán, que precisa que quien esté privado de su libertad y haya cometido delitos graves, no pierde la dignidad de persona”, informó.

“Aquí estamos frente al artículo 1 del Código de Ejecución Penal, y frente a una directiva del INPE. Tiene primacía lo primero, porque lo otro es una interpretación para restringir derechos. El TC dice que solo se pueden suspender derechos cuando la ley así lo señale”, acotó.

En tanto, el jurista Javier Valle Riestra opinó que vetar las declaraciones de Fujimori es inconcebible, antidemocrático, totalitario e inconstitucional. El también ex legislador remarcó que el otrora mandatario bien podría recurrir a un habeas corpus pero “corresponde aquí al Gobierno rectificar la posición adoptada por el INPE”.