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Aprueban ficha de registro de víctimas de esterilizaciones - 1

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos publicó hoy el procedimiento para la inscripción en el Registro de Víctimas de (Reviesfo) producidas en el periodo de 1995-2001, así como la ficha única de recojo de información.

Mediante la Resolución Ministerial 0319-2015-JUS, publicada en las normas legales del diario oficial El Peruano, el Ejecutivo estableció una serie de requisitos a cumplir para que una persona se inscriba en el registro de víctimas.

La resolución detalla que la persona declarante debe manifestar de manera expresa que el acto de esterilización forzada se produjo en el periodo de 1995 al 2001. Asimismo, que se realizó sin su consentimiento libre e informado.

Del mismo modo, debe contar con un documento médico que acredite la realización de la referida intervención de esterilización quirúrgica o, sea el caso, un diagnóstico médico presuntivo que evidencia la ocurrencia de una posible operación de anticoncepción.

Se establece, además, que no podrán ser registradas las personas que incumplan los requisitos los. Sin embargo, esto no impide que puedan acceder a los servicios de asistencia legal y defensa gratuita de la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia.

En tanto, el procedimiento de inscripción, a cargo de los defensores públicos de víctimas, comprende tres etapas: recojo de información, verificación inicial de información e inscripción de la presunta víctima.

[visor:1263105:Revisa aquí la resolución completa y los detalles de las tres etapas referidas]

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