SEBASTIAN ORTIZ MARTÍNEZ @Shebas07 Redacción Online

La Cuarta Sala Penal rechazó la solicitud hecha por la defensa de Alberto Fujimori para que se le cambie la orden de detención por una de comparecencia en el proceso penal que afronta por el desvío de fondos de las Fuerzas Armadas a los llamados diarios chicha, que respaldaron la segunda reelección del ex presidente.

El tribunal, que preside la jueza Aissa Mendoza, consideró que el plazo de arresto de Fujimori por el Caso Diarios Chicha se cuenta a partir del último 25 de abril, cuando el encarcelado ex jefe de Estado fue notificado. Por ello, señaló que todavía no ha expirado el plazo de detención.

En comunicación con elcomercio.pe, el abogado William Paco Castillo explicó que el plazo debe ser contabilizado desde que el Perú le pidió a la Corte Suprema de Chile ampliar la extradición del ex mandatario por ese proceso.

“Ellas (las magistradas) señalan que el plazo corre desde el 25 de abril de este año, pero ellos toman como fecha el momento en que rinde su instructiva, yo no comparto esa idea, debido a que este proceso forma parte de un recurso de extradición. Desde ahí (el 2009), él está sujeto a mandato imperativo, opinó.

“ABUSO DE PODER” Castillo Dávila también insistió en que el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) comete un abuso de poder por el corte “arbitrario” de la línea telefónica que usaba Fujimori para comunicarse con su familia, amigos y él.

Además, cuestionó que a pesar de que el INPE no ha concluido el procedimiento administrativo disciplinario contra su cliente por haber brindado entrevistas a dos medios sin autorización, ya le haya aplicado un castigo.

“Lo raro aquí es que no hay procedimiento administrado concluido, pero el jefe del INPE (José Luis Pérez Guadalupe) ya impuso una sanción, eso es a todas luces algo inaudito”, añadió.

El jefe del INPE señaló a este diario que aún no se ha establecido qué tipo de sanción se le dará al ex mandatario.

CASO LÓPEZ MENESES De otro lado, Castillo dijo que aún no recuerda por qué absolvió, cuando fue juez en 1999, a Óscar López Meneses, ex operador de Vladimiro Montesinos. “Esa sentencia fue a la Sala Penal Suprema, donde fue ratificada. Es decir, no se encontró ningún vicio de nulidad. Aunque no he revisado ese fallo, yo siempre fui independiente al momento de tomar decisiones”, acotó.