José Peláez Bardales descartó un arresto domiciliario para Alberto Fujimori y señaló que el procedimiento penal impide aplicar esa opción a un sentenciado como el mencionado ex presidente (1990-2000).
El código de procedimiento penal no permite que los sentenciados cumplan arresto domiciliario, aclaró en declaraciones a RPP.
Peláez Bardales dijo que solamente podría darse la detención domiciliaria cuando el implicado está en proceso y no cuando ha sido sentenciado, de manera que no procedería un arresto domiciliario en el caso de Fujimori, condenado a 25 años de cárcel por los delitos de lesa humanidad y corrupción.
Es la opinión que puedo dar en base a mi experiencia que tengo en asunto penal, respondió al ser consultado sobre el pedido de William Castillo, nuevo abogado de Fujimori, de pedir el arresto domiciliario para su patrocinado.
Sin embargo, la bancada de Fuerza Popular ha descartado que vaya a presentar un proyecto de ley sobre ese tema.
El fiscal Paláez dijo que el abogado del ex presidente debe conocer que el sentenciado no puede acogerse a un arresto domiciliario.