El pleno del Congreso de la República, aprobó por mayoría, el proyecto de ley que modifica el artículo 351 de la Ley Orgánica de Elecciones, que a su vez varía el plazo de prohibición de venta de bebidas alcohólicas en un proceso electoral.
La ley modificada plantea que desde las 08:00 horas del día anterior al día de la votación, hasta las 08:00 horas del día siguiente de las elecciones, no es permitido el expendio de bebidas alcohólicas de ninguna clase, y los establecimientos dedicados a la venta de licor deben permanecer cerrados en ese lapso de tiempo.
El proyecto fue aprobado con 73 votos a favor, 11 en contra y 4 abstenciones, y se exoneró de segunda votación.
El presidente de la Comisión de Constitución y Reglamento, Omar Chehade Moya (NGP), al sustentar el dictamen precisó que esta disposición no es aplicable para los extranjeros con cualquiera de las modalidades de visa temporal.
Asimismo, destacó que la norma aprobada no generará costo al Estado ni al Tesoro Público, y además, reduce el horario de restricción sin afectar el cumplimiento de la obligación de sufragar de los ciudadanos.
Aclaró que el dictamen no elimina la denominada ley seca, sino que se restringe la venta de bebidas alcohólicas, y que contaba con opiniones favorables de instituciones como el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), y el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
También del Ministerio de Comercio Exterior, Cámara Nacional de Turismo del Perú (Canatur), la Sociedad Nacional de Industrias (SIN) y la Cámara de Comercio de Lima (CCL).