LEA AQUÍ EL FALLO EJECUTORIO SOBRE LA DEUDA AGRARIA

El magistrado del Tribunal Constitucional Fernando Calle consideró que la resolución de hoy que ordena al Ejecutivo reglamentar el pago de bonos agrarios en un plazo de seis meses solo formaliza un tema que ya se estaba ejecutando.

“La ejecución de la sentencia para mí se da hace once años cuando la acción de constitucionalidad es acogida por el pleno del TC de ese entonces. En ese momento se ejecuta para mí la sentencia. Luego de 11 años hay que analizar ciertas cosas que corresponden al Poder Judicial”, dijo a Radio Programas.

“El señor ministro de Economía expresó que ya se estaban cumpliendo con los pagos. Entonces desde mi óptica no puedo afirmar que no ha habido ejecución”, refirió.

Calle indicó además que tal proceso ya escapa de los fueros del Tribunal Constitucional. “No es un amparo, no es otra acción de garantía sino su razón de ser es decir no a la norma. No es aplicable, no está de acuerdo a la Constitución. Eso es diferente a que se vaya a exigir que se dé el cumplimiento. No hay legitimidad en la titularidad de los bonos, puntualizó.

El miembro del TC dijo, además, que la mayoría ganadora en el TC debe explicar con más sapiencia la realización de los pagos. “Yo me sentía limitado de disponer sobre eso. Está en un terreno ejecutor diferente a las funciones del TC, creo que las instituciones u organismos constitucionales tienen sus funciones correspondientes”. sostuvo.