El Poder Ejecutivo presentó hoy al Congreso el proyecto de Ley que sanciona con una pena de entre 4 a 8 años de cárcel al que públicamente apruebe, justifique, niegue o minimice los actos cometidos por organizaciones terroristas.

Para tal efecto, propone como fórmula legal la incorporación del artículo 316°-A al Código Penal con el concepto Negacionismo de los delitos de terrorismo.

La iniciativa plantea sancionar a los autores de expresiones con fines de menospreciar, hostilizar u ofender gravemente un colectivo social; enaltecer a los responsables de dichos delitos; propiciar o estimular la violencia terrorista, y que sirva como medio para adoctrinar con fines terroristas.

El propósito de la norma, agrega, es garantizar las condiciones mínimas que aseguren la convivencia social pacífica, teniendo en cuenta los hechos históricos ocurridos en el Perú causados por el terrorismo.

CON RESPETO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN La exposición de motivos del referido proyecto, establece un deslinde del pleno respeto del Estado a la libertad de expresión de quienes hacen uso de ese derecho con propósitos vejatorios y que inciten a la violencia.

De la misma manera, expresa que la intervención del Derecho Penal se justifica puesto que a diferencia de otras prácticas antisociales, la violencia terrorista tiene un componente ideológico que no se agota en su sola expresión, sino que se manifiesta en actos cruentos y desproporcionados contra derechos fundamentales, reñidos con los valores democráticos de un Estado de Derecho.