El procurador anticorrupción, Julio Arbizu, afirmó que el delito que cometió el ex canciller del régimen fujimorista Augusto Blacker Miller está tipificado en los códigos penales del Perú y Albania.

La justicia peruana le inició un proceso a Blacker Miller en condición de reo contumaz por el delito contra el orden constitucional y rebelión en agravio del Estado. El ex ministro formó parte del gabinete de Alberto Fujimori luego del cierre del Congreso y la intervención del Poder Judicial durante el autogolpe del 5 de abril de 1992.

“El delito está tipificado perfectamente en el código penal peruano y también lo está en el código penal albanés”, reiteró Arbizu.

“El señor Blacker Miller no persigue la rebelión con un fin altruista, es decir, no se rebela contra un gobierno dictatorial para conseguir un gobierno democrático, hace exactamente lo opuesto, se rebela contra el orden constitucional para instaurar un gobierno de carácter de facto”, añadió.

Arbizu sostuvo que el cierre del Congreso y la intervención del Poder Judicial y otras instituciones no tuvo un fin altruista ni democrático.

Refirió que solo en casos que se busque la defensa de la democracia y los derechos de los ciudadanos, se considera que el delito de rebelión puede tener algún carácter político.

“De tal manera que este no es un delito político, los que sostienen eso o no están informados o están tratando de mal informar a la opinión pública”, acotó en diálogo con la agencia Andina.

Blacker Miller tiene orden de captura a nivel nacional e internacional emitida por la Corte Suprema de Perú, cuya última actualización se realizó el 8 de noviembre del 2012.