(Andina).- El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró improcedente la reconsideración planteada por el abogado Carlos Chipoco y el regidor del Partido Popular Cristiano (PPC), Alberto Valenzuela, respecto a la consulta sobre el número de votos requerido para revocar a la alcaldesa y cada uno de los regidores.
En la resolución, suscrita por unanimidad, el colegiado precisa que dado que aún no se realiza la consulta popular de revocación, “no se presenta la situación concreta para que exista un pronunciamiento” sobre si el artículo 23 de la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos (26300) es constitucional o inconstitucional.
Asimismo, señala que por respeto del principio de la doble instancia le corresponderá al Jurado Electoral Especial (JEE) respectivo emitir, en el momento oportuno y en primera instancia, un pronunciamiento sobre el tema.
Es la segunda vez que el JNE declara improcedente este recurso presentado.
PPC APELA DECISIÓN DEL JNE Sin embargo, esta tarde, el abogado Carlos Chipoco presentó un recurso extraordinario contra la última resolución del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
“Es absolutamente irregular que se notifique a una de las partes el mismo viernes; lo que estamos haciendo es volver a interponer, ante el mismo Jurado Nacional de Elecciones, un recurso extraordinario por la afectación de los derechos del debido proceso y la tutela procesal efectiva, porque no consideramos que sea de acuerdo a la Constitución la resolución emitida”, indicó.
El abogado indicó que el JNE aún tiene tiempo para responder a la consulta planteada y consideró que la institución debe aclarar de una vez si para ser revocado se requiere o no el mismo número de votos obtenidos por una autoridad en su elección.