Gustavo Guerra García busca llegar a la Alcaldía de Lima con Juntos por el Perú (ex Partido Humanista Peruano). (Foto: Archivo El Comercio)
Gustavo Guerra García busca llegar a la Alcaldía de Lima con Juntos por el Perú (ex Partido Humanista Peruano). (Foto: Archivo El Comercio)
Redacción EC

El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro resolvió admitir el recurso de apelación presentado en la víspera por la candidatura de (Juntos por el Perú) a la Alcaldía de Lima. Esto luego de que la solicitud de inscripción de la lista metropolitana fuera declarada improcedente por el ente electoral.

La decisión se conoció a través de la publicación de la Resolución N° 00289-2018-JEE-LICN/JNE de fecha 26 de junio, el mismo día en que Guerra García ingresó el recurso de impugnación. El pasado 22, el ente electoral emitió la decisión que dio cuenta de la improcedencia.

“Conceder el recurso de apelación presentado por José Antonio Boza Pulido, en su condición de personero legal alterno de la organización política Juntos por el Perú, contra la Resolución N° 0228-2018-JEE-LICN/JNE, de fecha 22 de junio de 2018, en consecuencia, remítase los actuados correspondientes y por e medio que corresponda, dentro de las 24 horas al Jurado Nacional de Elecciones (JNE), para los fines que corresponda de acuerdo a ley”, señala la resolución.

De acuerdo al procedimiento legal, el pleno del JNE, previa audiencia pública, resuelve la apelación dentro de 3 días calendario.

—El caso—
El JEE declaró la improcedencia de la lista de Juntos por el Perú a raíz de una observación de fondo relacionada a la democracia interna.

El ente electoral cuestionó que la agrupación política haya consignado en el Acta de Elección Interna de Candidatos la fecha 11 de junio del 2018, lo que da cuenta de que esta actividad de democracia interna “se realizó en forma extemporánea”. Ello porque, de acuerdo al cronograma electoral, los comicios internos tenían que desarrollarse del 11 de marzo al 25 de mayo.

Al respecto, Gustavo Guerra García dijo en la víspera a El Comercio, tras presentar la apelación, que “hay una confusión entre la fecha del acta y la fecha del acto electoral”, el cual —precisó— fue el 20 de mayo y formó parte de un hecho público; es decir, dentro del plazo establecido.

Según dijo, en la apelación sustentaron con evidencias —incluido el intercambio de comunicaciones con la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE)— que el acto de democracia interna se dio dentro del plazo legal. “[El 11 de junio] es la fecha en la que el Comité Electoral Nacional proclama el resultado de las elecciones pero no es la fecha de la realización del acto electoral. Es la corrección de un documento de las instancias electorales de Juntos por el Perú que necesitaba ser aclarado y eso es lo que hemos procedido a hacer”, señaló. “Por último sería un error material”, agregó.

Finalmente, sostuvo que se debe aplicar el principio de realidad y dijo confiar en un resultado a favor luego de que el pleno del JNE evalúe el caso.

Aún está pendiente que el JEE Lima Centro se pronuncie sobre las apelaciones presentadas por las candidaturas de Enrique Cornejo (Democracia Directa) y José Gil Becerra (Todos por el Perú), las cuales también fueron declaradas improcedentes. 

(Imagen: JEE Lima Centro)
(Imagen: JEE Lima Centro)