Las investigaciones iniciadas por el deceso del cabecilla de Sendero Luminoso continuarán a cargo del despacho fiscal, que dispone de 60 días, prorrogables. (Foto: Reuters)
Las investigaciones iniciadas por el deceso del cabecilla de Sendero Luminoso continuarán a cargo del despacho fiscal, que dispone de 60 días, prorrogables. (Foto: Reuters)
Redacción EC

La Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del emitirá la disposición sobre el destino final del cuerpo del cabecilla senderista , luego de culminar, en los próximos días, con las diligencias pendientes.

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A través de un comunicado, el Ministerio Público informó que la decisión fiscal tiene carácter de inimpugnable de acuerdo a ley.

Detalló que emitida la disposición fiscal se notificará a la Autoridad Sanitaria, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y al Ministerio del Interior para que, en un plazo de 24 horas, realicen las coordinaciones para el retiro del cuerpo de la Morgue Central del Callao.

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Cabe mencionar que la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao ha dispuesto la homologación del ADN obtenido del cuerpo que se retiró de la Base Naval del Callao con el ADN del cuerpo que será cremado para confirmar su identidad.

Las investigaciones iniciadas por el deceso de Abimael Guzmán Reinoso continuarán a cargo del despacho fiscal, que dispone de 60 días, prorrogables.

De este modo, el Ministerio Público se pronunció respecto a la Ley No 31352, que establece el destino de los cadáveres de internos que venían cumpliendo condena por delitos de traición a la patria o terrorismo, en condición de líderes, cabecillas o integrantes de cúpulas de organizaciones terroristas.

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Como se recuerda, el proyecto aprobado por el Congreso de la República incorpora el artículo 112-A a la Ley 26842, Ley General de Salud, referido al destino de los cadáveres de fallecidos que cumplían condena por traición a la patria o terrorismo.

“En el caso del cadáver de un interno que venía cumpliendo condena con sentencia firme por los delitos de traición a la patria o de terrorismo, en su condición de líder, cabecilla o integrante de la cúpula de organizaciones terroristas, cuya entrega, traslado, sepelio o inhumación ponga en riesgo la seguridad nacional o el orden interno, el fiscal competente, en decisión motivada e inimpugnable, dispone su cremación, previa necropsia”, dice el documento.

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“La Autoridad Sanitaria, en coordinación con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio del Interior, ejecuta lo dispuesto en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas. La cremación se realiza en presencia de un representante el Ministerio Público, para fines de identificación, quien levanta el acta correspondiente”, añade.

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