Rechazan pedido de nulidad del fallo que favoreció a Chacón
Rechazan pedido de nulidad del fallo que favoreció a Chacón
Rodrigo Cruz

Una nueva victoria ha obtenido la fujimorista en el Poder Judicial. La Corte Suprema declaró improcedente el pedido de nulidad que presentó el fiscal supremo José Peláez Bardales contra el fallo que revocó, en septiembre del 2014, la sentencia a tres años de prisión suspendida que recibió la fujimorista.

Peláez sostenía que era necesario anular dicha sentencia, debido a que había "irregularidades y vicios" que afectaban la conducción del proceso. Por ello, consideraba necesario que se emitiera un nuevo pronunciamiento. La fujimorista es acusada, desde el 2001, por presunto enriquecimiento ilícito. 

Una fuente de El Comercio confirmó la decisión de la Corte Suprema en el caso de Cecilia Chacón. "La sala ha dicho que no hay elementos para declarar la nulidad del fallo, pues consideran que una sentencia de la Corte Suprema ya es un pronunciamiento definitivo", señaló. 

En el 2014, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema falló a favor de una cuestión previa que presentó Chacón. En ella, se decía que debido a que los cargos fueron presentados por un fiscal anticorrupción y no por el fiscal de la Nación, el proceso debía declararse nulo y, en consecuencia, regresar a fojas cero.

"Los jueces han calificado la sentencia del 2014 como cosa juzgada", dijo la fuente. En el 2012, Cecilia Chacón fue condenada a tres años de prisión suspendida y al pago de una reparación civil de S/ 2 millones. Aunque esa sentencia quedó sin efecto, no significa que el caso esté cerrado.

La fuente indicó que la Corte Suprema resolvió "en el extremo de la cuestión previa que presentó Chacón", pero que no ha emitido un pronunciamiento sobre el fondo del caso; es decir, por disposición del titular del Ministerio Público, Pablo Sánchez,  la fiscalía todavía puede investigar a la parlamentaria por presunto enriquecimiento ilícito.

De acuerdo al artículo 41 de la Constitución, el fiscal de la Nación presenta cargos contra los funcionarios públicos que incurran en el delito antes mencionado.  

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