El control de precios en el Perú, por Alfredo Bullard
El control de precios en el Perú, por Alfredo Bullard
Alfredo Bullard

Las reglas sobre control de precios están claras desde hace casi 25 años. Según la Constitución estamos en una economía social de mercado. La intervención del Estado es subsidiaria solo en aquellos casos en que el mercado podría no estar funcionando.

confunde algo que la Constitución ya comprendió: el objetivo no son precios bajos sino precios que reflejen los niveles de escasez.

Los precios altos son señales para desincentivar el consumo de lo que falta y motivar a los proveedores a que lo produzcan. Por eso es que cuando se controlan precios se forman colas: se le dice a la gente que lo escaso es abundante y entonces no alcanza.

El Decreto Legislativo 757, en concordancia con la Constitución, establece que los precios son libres salvo las tarifas de los servicios públicos.

Solo en el caso de mercados donde la competencia no puede desarrollarse adecuadamente (monopolios naturales) se justifica crear organismos reguladores de tarifas. Son mercados en los que no se espera el surgimiento de competencia.

Por ejemplo, no es esperable tener dos redes de agua que funcionen de manera paralela, pues los usuarios de una ciudad como Lima tendríamos que pagar agua mucho más cara. Por eso se tiene un solo proveedor con tarifa regulada.

Esa situación no funciona en productos como el pan, el pollo, el vestido o la tasa de interés donde la competencia es perfectamente posible.

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