Organismo electoral aprobó las cantidades para todo el quinquenio 2021-2026 y para el primer desembolso, correspondiente al período del 27 de julio al 31 de diciembre. (Foto: El Comercio)
Organismo electoral aprobó las cantidades para todo el quinquenio 2021-2026 y para el primer desembolso, correspondiente al período del 27 de julio al 31 de diciembre. (Foto: El Comercio)
Redacción EC

Diez partidos políticos recibirán del Estado peruano un total de S/ 77′980,016.40 en calidad de financiamiento público directo durante el tiempo que estén representados en el .

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La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) será la encargada de entregar, dos veces al año, los montos asignados a las organizaciones políticas que ocupan escaños en el Parlamento, de acuerdo a los resultados de las Elecciones Generales llevadas a cabo el pasado 11 de abril.

El organismo electoral aprobó, mediante la Resolución Jefatural N.° 001690, las cantidades calculadas para todo el quinquenio 2021-2026 y para el primer desembolso (S/ 6´714,945.87), correspondiente al período que va del 27 de julio al 31 de diciembre de 2021.

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Para recibir los montos señalados, los partidos deben cumplir los requisitos que señala la Ley de Organizaciones Políticas (N.° 28094) y el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, además de rendir cuentas y someterse a la supervisión de la ONPE periódicamente.

¿Cómo se calcula y distribuye el financiamiento público directo?

  • La Ley de Organizaciones Políticas (N° 28094) dispuso que el Estado entregue a los partidos políticos y alianzas que lograron representación en el Parlamento un monto que se calcula multiplicando el número de votos emitidos para elegir congresistas (17´722,731) por el 0.1 % de la unidad impositiva tributaria (UIT) vigente durante el año de la elección (S/ 4.40). Así el total del financiamiento público directo para el quinquenio 2021-2026 asciende a S/ 77′980,016.40.
  • Esa cantidad se reparte entre las organizaciones políticas presentes en el Poder Legislativo de la siguiente manera: el 40 % se distribuye equitativamente entre los partidos y alianzas representados en el Congreso, y el 60 % se distribuye de manera proporcional de acuerdo a la cantidad de votos obtenidos.
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¿En qué puede gastarse el financiamiento público directo?

  • Máximo el 50 % puede destinarse a gastos de funcionamiento ordinario.
  • Mínimo el 50 % puede usarse en actividades de formación, capacitación, investigación y difusión.

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