El juez Hugo Núñez Julca dejó al voto el pedido de la fiscalía para suspender por 18 meses al fiscal supremo Pedro Chávarry. (Imagen: Justicia TV)
El juez Hugo Núñez Julca dejó al voto el pedido de la fiscalía para suspender por 18 meses al fiscal supremo Pedro Chávarry. (Imagen: Justicia TV)
Karem Barboza Quiroz

El Ministerio Público, a través del fiscal supremo adjunto Alcides Chinchay, expuso ante el (PJ) que el exfiscal de la Nación usó su cargo con “exceso y abuso” para interferir en las investigaciones del equipo especial Lava Jato respecto a la empresa y el Caso

MIRA: Congreso aprueba retiro de fondos de la ONP hasta por S/4.300, pese a observaciones del Ejecutivo

Dichas imputaciones fueron esgrimidas durante la audiencia que realizó el juez de investigación preparatoria para analizar el pedido de suspensión en funciones de Chávarry Vallejo por 18 meses como parte del proceso judicial que se sigue por el presunto delito de encubrimiento real.

Entre los cargos contra Chávarry figura el retiro de los fiscales Rafael Vela y José Domingo Pérez del equipo especial, ; el solicitar acceder al acuerdo de colaboración con la empresa Odebrecht, entre otros hechos.

Cabe precisar que el fiscal supremo se encuentra actualmente suspendido en sus funciones por seis meses por decisión del pleno de la ().

Según el fiscal adjunto Chinchay, lo cometido por Chávarry no configuraría únicamente una infracción, sino un delito y que en la investigación existen elementos objetivos para determinar que usó su cargo de fiscal de la Nación para acceder al acuerdo de colaboración que se gestionaba con la empresa Odebrecht. Ello, agregó, no era una potestad funciona, por lo que demuestra que “se trataba de un exceso y abuso”.

La intención de acceder a dicho acuerdo, dijo el fiscal, ponía en riesgo dicho convenio con Odebrecht. Y el término de la designación de los fiscales Vela y Pérez frustró temporalmente el proceso de firma de la colaboración. Por tanto, la decisión de Chávarry sí retrasó las investigaciones y, si bien luego se retomó las conversaciones con la empresa, “esto no significa que el delito no haya tenido efectos lesivos”.

Chinchay también sostuvo que luego de que Chávarry apoyó el pedido para que Vela y Pérez acudan a la Junta de Fiscales Supremos para que informen sobre la investigación Lava Jato, que habría tratado de obstaculizar el recojo de información vinculada al partido Fuerza Popular, el mismo que venía siendo investigado. Además, que cuando dejó el cargo de fiscal de la Nación, Chávarry buscó que .

Por tanto, según el representante de la fiscalía, el pedido de suspensión se fundamenta en la “reiteración” de la conducta de Pedro Chávarry y que los elementos presentados en su contra no se tratan de especulaciones; sino de elementos que muestran el comportamiento reiterativo del procesado cuando fue fiscal de la Nación y fiscal supremo.

Finalmente, indicó que la suspensión de la JNJ aplicada a Chávarry por seis meses se trata de otros hechos y que es factible que el juez pueda aplicar una suspensión en el marco de una investigación que implica un plazo mayor al dictado por la JNJ, por ello solicitó se declare fundado el pedido y se dicte la suspensión de 18 meses.

MIRA: Elecciones 2021: APP consulta al JNE si congresistas del actual y anterior periodo pueden postular

Suspensión no aplica

El abogado Julio Rodríguez, defensor legal de Chávarry Vallejos, sostuvo ante el juez Núñez que el argumento fiscal se basa en “conjeturas y suposiciones”, puesto que el pedido de suspensión está lleno de subjetividades contra su patrocinado.

Los hechos descritos en el pedido fiscal, dijo Rodríguez, no se han enmarcado en un espacio y tiempo como corresponde de acuerdo a la normativa, además de que la norma en la que se basa el pedido no estaba vinculada a la función pública (artículo 297 del CPP- DL 1190), sino a otro tipo de delitos.

Por ello, explicó que no se puede imponer una suspensión accesoria contra Chávarry puesto que la norma que se pretende aplicar corresponde a un presunto abuso de autoridad vinculado a un delito común; mientras que su patrocinado está procesado por un delito especial como es el encubrimiento real.

De otro lado, alegó que los elementos presentados por la fiscalía no tratan fundamentos graves, sino prerrogativas que establece la Constitución y la Ley Orgánica sobre la funciones del fiscal de la Nación.

Por ello, aseveró que las designaciones de Vela y Pérez en el equipo especial eran por encargo, potestad del fiscal de la Nación. Y que el retiro de la confianza en diciembre del 2018 no generó una interrupción a las funciones de ambos fiscales, porque la decisión de apartarlos “nunca se ejecutó”.

Respecto al acuerdo de colaboración, Rodríguez dijo que se solicitó información cuando este ya había sido publicado por medios de comunicación, por tanto no era un secreto y no se ponía en riesgo el mismo, pues ya era público.

En otro momento, rechazó que su patrocinado haya actuado ilegalmente al solicitar retirar facultades al fiscal supremo Pablo Sánchez en Caso Cuellos Blancos, puesto que ello correspondía a cuando Chávarry dejó de ser fiscal de la Nación. Recordó que su patrocinado le delegó las facultades porque, como fiscal de la Nación y como uno de los denunciados, no podría analizar el caso pese a que correspondía a su despacho.

Por tanto, según Rodríguez, no se puede establecer un acto de reiteración por parte de su patrocinado, ya que sus actuaciones estaban enmarcadas en los roles y control administrativo inherentes al cargo de fiscal de la Nación.

En ese sentido, solicitó al juez Núñez que analice adecuadamente el caso porque la suspensión, no solo genera consecuencias funcionales; sino también económicas puesto que a su patrocinado se le recorta el sueldo.

MIRA: Ministra Patricia Donayre: retiro de fondos de ONP afectará programas como Pensión 65

Finalmente, Rodríguez consideró que existe una sustracción de la materia, puesto que la suspensión en las funciones de Chávarry ya había sido dada por la Junta Nacional de Justicia y si el juez supremo dictaba una suspensión, sobre otra suspensión, no sería legal. “Los pedidos deben respetar el criterio de racionalidad”, acotó.

Durante su uso de la palabra, Chávarry Vallejos, afirmó que los fiscales Vela y Pérez no fueron defenestrados ya que jamás los sacó de sus cargos, solo les retiró la confianza en la designación del equipo especial. Ellos, dijo, continuaban siendo fiscales.

Aseveró que el fiscal Pérez Gómez no guardó el mínimo respeto a su cargo de fiscal de la Nación, pues hacía declaraciones contra su persona faltándole el respecto y con opiniones personales atentando contra la reserva de las investigaciones.

Reiteró que cuando era fiscal de la Nación fue la Junta de Fiscales Supremos que dispuso que el Caso Cuellos Blancos vinculado a los altos funcionarios pase a manos del fiscal Pablo Sánchez, pero que cuando su persona salió del cargo, el caso debía regresar a la Fiscalía de la Nación.

Finalmente, cuestionó que se le impute una presunta interferencia a las investigaciones fiscales cuando el 31 de diciembre del 2018 dispuso retirar a los fiscales Vela y Pérez del equipo especial, pues hubo interferencia por parte del presidente Martín Vizcarra, que señaló que se pronunció en su contra e incluso intentó presentar un pedido para reorganizar el Ministerio Público.

VIDEO SUGERIDO:

Contagio en jóvenes incrementó a 17% en últimas semanas
En agosto se registró un mayor incremento semanal de infectados en jóvenes con 17%, seguido de adultos con 16%.