En enero del 2007, cientos de personas a favor de la pena de muerte para violadores de niños reciben el apoyo del entonces presidente Alan García, quien los recibió en Palacio de Gobierno. (Foto: Archivo El Comercio / Juan Ponce)
En enero del 2007, cientos de personas a favor de la pena de muerte para violadores de niños reciben el apoyo del entonces presidente Alan García, quien los recibió en Palacio de Gobierno. (Foto: Archivo El Comercio / Juan Ponce)
Paulo Rosas Chávez

Retomado el debate de una eventual aplicación de la para los violadores de menores de edad, surgen las preguntas sobre la posibilidad de aplicar dicha medida en el Perú.

De plano, se conoce que la pena de muerte sí podría aplicarse, pero que ello implica dos hechos. Primero, una reforma constitucional que necesita la votación favorable de 87 congresistas en dos legislaturas consecutivas.

Segundo, la salida del Perú de la Convención Americana de Derechos Humanos, conocida como el Pacto de San José. El proceso de renuncia demora alrededor de un año y diversos juristas se han mostrado en contra de tal escenario.

Sin embargo, durante la pasada campaña electoral, la entonces candidata presidencial de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, señaló la posibilidad de aplicar la pena capital sin la necesidad de salir de la convención.

"Lo he conversado con constitucionalistas y por eso la propuesta tan específica de que sería pena de muerte para violadores de niños menores de 7 años, tal cual estaba la norma en la Constitución de 1933. Lo que me explicaron es que si se aprobara una norma de esta naturaleza que ya estaba contemplada en la Constitución antes de que el Perú se adhiera al Pacto de San José, no significaría de ninguna manera un retiro del Perú del pacto", explicó en abril del 2016.

Pero esa explicación, para los constitucionalistas Samuel Abad y Ernesto Álvarez, no sería correcta.

En diálogo con El Comercio, Samuel Abad explica que el planteamiento de Keiko Fujimori "jurídicamente no tiene sustento", pues el Perú asume el Pacto de San José en el marco de la Constitución de 1979, que solo contemplaba la pena de muerte para casos de traición a la patria en el supuesto de guerra exterior.

"Lo que establece la convención es que no puede incrementar los supuestos y eso fue lo que aprobó el Estado Peruano", añadió.

"No hay forma de volver hacia atrás y aplicar la carta del 33, porque cuando nos referimos al supuesto único de pena de muerte [por traición a la patria], la carta del 33 ya no existía", prosiguió.

De misma opinión es Ernesto Álvarez, ex presidente del Tribunal Constitucional. Él sostiene que pretender restituir una norma de la Constitución del 33 "sería una interpretación un tanto forzada".

Además, refiere que existen instrumentos internacionales suscritos por el Perú, además del Pacto de San José, que también lo comprometen a no establecer nuevas causales para la pena de muerte.

"Por el contrario, el Perú se ha comprometido a ir reduciendo causales para pena de muerte hasta proscribirla de su sistema jurídico", señaló.

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