(Foto: El Comercio)
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Redacción EC

El presidente Pedro Pablo Kuczynski señaló que la Constitución Política del Perú no permite que se aplique la para los sentenciados por violentar sexualmente a menores.

El lunes, en diálogo con la prensa, dijo que a quienes cometan tal delito se les debe castigar severamente o, a aquellos que son enfermos, se les debe internar en un hospital psiquiátrico.

Por su parte, el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Enrique Mendoza, dijo ayer que está a favor de una eventual aplicación de la pena de muerte para violadores de menores de edad, pues dijo que existen informes que indicaban que la pena sí es disuasiva.

Desde el Congreso, dicha opinión recibió el respaldo de las congresistas fujimoristas Úrsula Letona y Karla Schaefer, quienes adelantaron que presentarán un proyecto de ley al interior de su bancada para que se debata.

Frente a ese escenario, ¿es posible que mediante un proyecto de ley se pueda implementar la pena de muerte para violadores de menores de edad?

El constitucionalista Víctor García Toma explicó que "para poder aplicar la condena de muerte se requiere y se necesita de una reforma de la Constitución", ello mediante una aprobación del pleno del Congreso en dos legislaturas.

En diálogo con Canal N, explicó que luego de ello "habría que iniciar un discutible proceso de denuncia del Pacto de San José, que en el mejor de los casos y de ser posible demoraría un año más".

Sin embargo, el también ex ministro de Justicia se mostró en contra de tal escenario y dijo que a quien se debería consultar sobre ese tipo de políticas es "a los psicólogos, psiquiátras, sociólogos antropólogos".

"La parte jurídica no es la solución. Es una pena que no tiene carácter disuasivo y que ha sido aplicada anteriormente en el Perú y con resultados poco acertados", añadió.

A su turno, el constitucionalista Aníbal Quiroga dijo coincidir con García Toma respecto al procedimiento. Contó además que, en 1994, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó una opinión consultiva sobre el tema a la Corte IDH, debido a la nueva Constitución de 1993, pues se pretendía aplicar la pena de muerte para terrorismo.

"En la carta del 93 se la pretendió ampliar [la pena de muerte] para el terrorismo y eso fue objeto de consulta ante la Corte IDH y la corte dijo dos cosas: En primer lugar, si el Perú hacía eso incurría en responsabilidad internacional; segundo, si el Estado lo hace, todos los funcionarios que lleven a cabo esa infracción al Pacto de San José serían responsables de un crimen internacional", explicó.

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