(Ilustración: Raúl Rodríguez).
(Ilustración: Raúl Rodríguez).

La Comisión de Transportes y Comunicaciones del Congreso tenía programado recibir hoy a las asociaciones de prensa y medios de comunicación para que expongan sus aportes y observaciones al texto sustitutorio del proyecto de ley que regula la publicidad estatal.

Este nuevo proyecto de ley –que recoge aportes de hasta cinco iniciativas de distintas bancadas– se verá después de que el Tribunal Constitucional (TC) declaró la inconstitucionalidad de la ley que prohibía la publicidad estatal en medios privados, norma que promovió el congresista aprista Mauricio Mulder. 

La citación fue reprogramada debido a que la comisión citó a la jefa de la Sutrán y al alcalde de San Martín de Porres por el trágico incendio de un bus en el que murieron 17 personas el último domingo.

Pero la próxima semana, el grupo de trabajo que preside el congresista Wuiliam Monterola (Fuerza Popular) recibirá a los representantes de, por ejemplo, el Consejo de la Prensa Peruana (CPP) y la Sociedad Nacional de Radio y Televisión (SNRTV). 

¿Cuáles son los principales cambios en este intento desde el Congreso por regular la publicidad estatal, importante vacío que quedó tras la sentencia del TC? ¿Es mejor que la anterior iniciativa?

"En términos generales nos parece una propuesta sustancialmente mejor a la que se declaró inconstitucional, pero tiene algunos aspectos que pueden ser mejorados", nos respondió Rodrigo Villarán, director ejecutivo del CPP. 

 –El objetivo de la ley–
Según el predictamen al que accedió El Comercio, se señala que el objetivo de la ley es "garantizar el derecho del ciudadano a ser informado a través de la adecuada publicidad estatal". 

Para Villarán, debe incorporarse en este punto que otro objetivo es también el cuidar y hacer buen uso de los recursos públicos.

Asimismo, el predictamen plantea siete principios de la publicidad estatal, entre ellos la legalidad, la probidad, la eficiencia, la neutralidad y la intercuturalidad. 

Desde el CPP, consideran que se están omitiendo otros principios y preceptos importantes, como el del interés público, la transparencia, la rendición de cuentas y la no discriminacion.

–Definición institucional y comercial–
​Cuando el TC declaró institucional la ley que prohibía la publicidad estatal en medios privados y se derogó la norma que impulsó Mulder, estableció algunos parámetros. Por ejemplo, que "la publicidad estatal debe ser institucional".

En ese sentido, Villarán señala que ello se debe definir también en el predictamen y diferenciar entre dos tipos de publicidad estatal: la institucional y la comercial. 

La publicidad estatal institucional busca informar a la ciudadanía de los programas, los planes del Estado, las política públicas, etc. La publicidad estatal comercial es la que realizan las instituciones públicas que compiten en el mercado, como las universidad públicas, las cajas municipales, entre otras. 

"Consideramos que la norma debe definir estos dos tipos de publicidad y centrarse en la publicidad institucional, porque la comercial debería estar regulada por normas de competencia desleal y derechos del consumidor, como cualquier anunciante", explicó. 

–La contratación de central de medios–
La Comisión de Transportes está planteando una serie de requisitos –en total cuatro– que deberá cumplir una institución pública para contratar publicidad. 

Entre estos está que la entidad tenga un Plan Comunicacional Estratégico anual, en el que se incluya la justificación de la inversión, el presupuesto, el impacto, el público objetivo, etc. 

También propone que aprobado el Plan Comunicacional Estratégico, se seleccione a una central de medios, a través de concurso público, para contratar la publicidad y que la excepción sea hacerlo directamente con un medio, con un informe debidamente motivado. 

Para el director ejecutivo del CPP, debería ser al contrario, solo en casos muy complejos. "Las centrales de medios son empresas muy especializadas, situadas en Lima y eso haría que, en la práctica, sea casi imposible contratar publicidad. No debería ser obligatorio. Debería ser si, por la complejidad de la campaña, se necesita un análisis especializado mayor", agregó. 

–Una prohibición que puede cambiar–
El predictamen tiene cuatro prohibiciones generales. La principal es que está prohibido "contratar publicidad estatal con medios de comunicación (televisión y radio) que no cuenten con autorización vigente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, así como de cualquier medio de comunicación informal (impresos o digitales)". 

Este punto, para Villarán, podría ser cambiado. Si bien considera que es muy importante que el sector Comunicaciones se formalice y cumplan con las obligaciones legales, no se debe dejar de tomar en cuenta que en el Perú aproximadamente un 70% de los medios son informales. Eso significa, agregó, que en algunos lugares no existe ni un medio formal. 

"En algunos casos, cuando el Estado quiera comunicar en zonas alejadas, se va a encontrar con la realidad: que no existen medios formales. Formalizarse es importante, debe ser una política de Estado, pero no debería, en aquellos casos, ser un impedimento para cumplir con un derecho fundamental, que es informar", sostuvo Villarán.