(Foto: Agencias)
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Karem Barboza Quiroz

El juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria, Juan Carlos Sánchez Balbuena, resolvió que la audiencia de impedimento de salida del país contra  (PPK) sea recién después que el Congreso acepte su renuncia al cargo de Presidente de la República.

Ante ello, según la resolución a la que accedió El Comercio, el juez ha interpretado que el artículo 117 de la Constitución Política del Perú indica que “el presidente no puede ser acusado -término que debe ser entendido en el más amplio sentido, que incluye la calidad de imputado o investigado- mientras se encuentra en el ejercicio del cargo”.

Según el artículo 117 de la Constitución Política del Perú, el presidente solo puede ser acusado por cuatro razones: impedir las elecciones, traición a la Patria, disolver el Congreso y por impedir su funcionamiento de los órganos electorales.

Como se recuerda, el Equipo Especial Anticorrupción del liderado por el fiscal , solicitó el impedimento de salida del país de  la tarde del miércoles atendiendo a un tema de urgencia tras su renuncia al cargo de primer mandatario del Perú.

Ello, tras incluirlo como investigado de presunto delito de lavado de activos en las pesquisas que sigue contra las empresas First Capital, Westfield Capital y otras por pagos recibidos por parte de la empresa .

Según la tesis fiscal, si bien la renuncia de PPK sería aceptada y oficializada recién mañana 23 de marzo, “esperar dicho acto formal podría tornar ineficaz cualquier medida asegurativa ya que el investigado cuenta con los medios para abandonar el país y de ese modo, burlar la acción de la justicia”.

-Discrepa-

Sin embargo, el juez Sánchez Balbuena sostuvo que se requiere necesariamente que dicha renuncia sea aceptada por el Congreso, tal como lo establece de manera expresa la propia Constitución Política, “motivo por el cual dicha postura no puede ser considerada estrictamente formal tal como pretende sostener el señor fiscal”.

“En tal sentido, a criterio del suscrito, mientras no se produzca la aceptación de la renuncia por parte del Congreso, no podría darse trámite alguno al presente requerimiento”, alegó el juez Sánchez Balbuena.

Resolución del Tercer Juzgado Anticorrupción sobre caso Pedro Pablo Kuczynski.
Resolución del Tercer Juzgado Anticorrupción sobre caso Pedro Pablo Kuczynski.