Fachada de la casa de Hinostroza en San Borja en noviembre del 2018, un mes después de su fuga. (Foto: Archivo El Comercio)
Fachada de la casa de Hinostroza en San Borja en noviembre del 2018, un mes después de su fuga. (Foto: Archivo El Comercio)
Rocío La Rosa Vásquez

El Ejecutivo y el fiscal supremo han sido cuestionados por no haber informado en su momento sobre la videovigilancia que se hacía al destituido juez supremo , quien se fugó del país el 7 de octubre del año pasado, pese a que la policía le seguía los pasos a pedido del propio Sánchez.

El fiscal ha dicho a este Diario que es absurda la denuncia en su contra en el Congreso porque –considera– cumplió con solicitar el impedimento de salida de Hinostroza, y que la videovigilancia estuvo estrictamente a cargo de la policía especializada.

Tres fuentes cercanas al Ministerio Público, a la Policía Nacional y un ex alto funcionario del Ministerio del Interior, que prefirieron mantener sus nombres en reserva, explicaron las características de esta práctica de inteligencia policial y pusieron énfasis en el carácter reservado de la misma.

1. ¿En qué casos la policía realiza una videovigilancia ?
De acuerdo con el artículo 207 del Código Procesal Penal (Decreto Legislativo 957), las acciones de videovigilancia proceden en las investigaciones por delitos violentos, graves o contra organizaciones delictivas, a solicitud del fiscal “por propia iniciativa o a pedido de la Policía Nacional, y sin conocimiento del afectado”.

La norma menciona la toma de fotografías y el registro de imágenes, usando medios técnicos especiales. También indica que se requerirá autorización judicial cuando se realice dentro de inmuebles o en lugares cerrados, pero no en lugares públicos.

2. ¿Cuál es el objetivo de estas acciones?
Fuentes cercanas al Ministerio Público comentaron que una videovigilancia permite conocer cuáles son los movimientos del investigado, a dónde va, quién lo visita o con quién dialoga, a fin de tener más elementos de prueba en la etapa de investigación preliminar (antes de formular una denuncia), incluso para tener indicios de una intención de evadir a la justicia.

Fuentes cercanas a la Policía Nacional y al fiscal supremo Pablo Sánchez coincidieron en subrayar que este mecanismo no se solicita para impedir la salida del país de un investigado, sino –insistieron– para obtener elementos de prueba. Se trata de una práctica frecuente para asegurar el éxito de las detenciones preliminares en casos de crimen organizado, por ejemplo.

3. ¿Se puede informar a terceros sobre una videovigilancia?
Las fuentes policiales indicaron que se trata de un mecanismo absolutamente “reservado”, del que solo tienen conocimiento el fiscal que lo solicita y la policía especializada que lo ejecuta.

El primero es quien recibe los reportes del seguimiento cada cierto tiempo, pero no acude a las diligencias. Explicaron que no se puede informar al respecto para no alertar a los investigados, pues generalmente son varios los objetivos vigilados.

En la misma línea, un ex alto funcionario del Ministerio del Interior enfatizó que “todas las acciones de inteligencia contra la criminalidad organizada son reservadas para cualquier actor externo a la investigación”.

Por ello, hizo hincapié en que ni siquiera el comando policial tiene conocimiento cuando estos seguimientos se realizan.

4. ¿Por qué se fugó Hinostroza, pese a estar vigilado?
Las fuentes policiales dijeron que es una respuesta que corresponde dar a la Digimin (Dirección Nacional de Inteligencia), que era la unidad responsable de la videovigilancia a Hinostroza.

Indicaron que si bien se tiene que seguir al investigado cuando este se desplaza, el ‘objetivo’ podría ocultarse en un vehículo y no ser visto por los agentes.

También comentaron que la gran cantidad de casos ha sobrepasado actualmente la capacidad operativa de la Digimin, por lo que se requiere más personal y logística.

Además, precisaron que un impedimento de salida no se notifica a la Digimin, sino a la Policía Judicial, que depende de la Dirección de Investigación Criminal, unidad responsable de evitar una eventual salida del país.

5. ¿Se puede detener a un funcionario vigilado?
Fuentes cercanas al Ministerio Público indicaron que un alto funcionario no puede ser detenido de manera preliminar, salvo flagrancia, pues goza del derecho al antejuicio. En esos casos procede el impedimento de salida del país, que fue lo que ocurrió en el caso de César Hinostroza.