(Foto: El Comercio)
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Karem Barboza Quiroz

La Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional de la Corte Superior especializada en delitos de Crimen Organizado y Corrupción de Funcionarios confirmó la incorporación del  y de la empresa Todo Graph en el proceso judicial que se le sigue al ex presidente y su esposa  por el Caso .

La defensa legal del Partido Nacionalista había cuestionado que dicho partido fuera incorporado dos años después de haberse iniciado la investigación preparatoria. Además, que no podía ser incluido meses antes de que esta etapa culminara.



Del mismo modo, que los hechos cuestionados en la campaña electoral del 2006 no pueden ser atribuidos al Partido Nacionalista por cuanto su inscripción solo alcanzó para participar en la campaña electoral del 2011. Y que las personas jurídicas como un partido político solo pueden ser sancionados por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

Mientras que, en el caso de Todo Graph, el Ministerio Público no había justificado la incorporación de la empresa. Además, argumentaron que si bien la fiscalía postuló que las maquinarias de la imprenta habían sido adquiridos con dinero ilícito, no existían indicios que sustentaran ello.

Sin embargo, la fiscalía refutó dichos argumentos indicando que el presunto dinero ilícito de la campaña electoral del 2006 habría sido desviado al Partido Nacionalista y a la empresa Todo Graph, que ya existían.

Según la resolución a la que accedió El Comercio, la Sala Superior indicó que tras la revisión del expediente se llegó a la conclusión que la fiscalía sí cumplió con reunir los elementos para que la empresa Todo Graph sea incorporada.

“Por lo que resulta viable que aquella persona jurídica sea incorporada al proceso, por cuanto recae en su contra cargos o imputaciones”, se indica en el documento.

Respecto al Partido Nacionalista Peruano, el tribunal superior sostuvo que no existe como requisito para la incorporación de la persona jurídica, el identificar cuándo se logró inscribir el partido político para las elecciones.

Sin embargo, y dándole la razón al juez de primera instancia Richard Concepción Carhuancho, la sala sostuvo que “no existe razón impeditiva de la acción penal en los supuestos de estructuras partidarias”.

Acotaron que existe una peligrosidad objetiva de que los partidos puedan ser “instrumentalizados” para favorecer o encubrir el entorno delictuoso de las personas naturales que las dirigen.

“Pues aún siendo su objeto social una razón constitucionalmente legítima, anda obsta a que estos no puedan ser pervertidos por los agentes a su cargo", se sostiene.

La resolución fue adoptada por unanimidad por los jueces René Martínez, Edhin Campos y Jhonny Contreras.

Resolución que incorpora como investigados al Partido Nacionalista Peruano y a la empresa Todo Graph en el proceso seguido contra Ollanta Humala y otros por el caso Odebrecht
Resolución que incorpora como investigados al Partido Nacionalista Peruano y a la empresa Todo Graph en el proceso seguido contra Ollanta Humala y otros por el caso Odebrecht