Se tiene prevista la presencia de los altos funcionarios para las 9:30 a. m. en la sala Raúl Porras Barrenechea del Congreso. Foto: archivo Congreso
Se tiene prevista la presencia de los altos funcionarios para las 9:30 a. m. en la sala Raúl Porras Barrenechea del Congreso. Foto: archivo Congreso
Redacción EC

Los titulares del Jurado Nacional de Elecciones (), Jorge Luis Salas Arenas, y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (), Piero Corvetto, fueron citados para este lunes por la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso para explicar las dificultades técnicas y legales en la realización de las elecciones primarias de cara los comicios municipales y regionales del 2022.

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Según informó el mencionado grupo de trabajo, se tenía prevista la presencia de los altos funcionarios para las 9:30 a. m. en la sala Raúl Porras Barrenechea del Congreso. Sin embargo, luego se conoció que la sesión se postergó para este martes debido al homenaje que rinde el Parlamento al fallecido legislador Fernando Herrera (Perú Libre)

La presencia de los funcionarios se da luego de que tanto el JNE como la ONPE , el pasado 22 de octubre, al Parlamento que existe “imposibilidad material” para realizar las elecciones primarias “con estándares adecuados”. Esto debido a “las limitaciones de orden normativo y organizativo”.

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En esa línea, las instituciones señalaron que la normativa vigente sobre elecciones primarias presenta una serie de “vacíos” que es “imposible regular a través de reglamentos”.

Este punto involucra la forma de presentación de las candidaturas individuales, la elección del candidato al vicegobernador, la cual debe ser precisada para dar cumplimiento al requisito de paridad de género dentro de la fórmula, la participación de personeros que representen a las candidaturas individuales, entre otros.

Asimismo, considera que la elaboración de un cronograma que integre los comicios primarios a las Elecciones Regionales y Municipales 2022 no puede ser “un ejercicio de simple inserción de plazos”, pues resultaría necesario que ambos procesos “puedan calzar de manera orgánica”, sin perjudicar la organización del proceso.

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