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El Tribunal Constitucional (TC) tiene en sus manos una decisión que va a tener enormes consecuencias políticas cuando resuelva la acción de inconstitucionalidad de la llamada coloquialmente ley antitransfuguismo. Este Congreso no sancionó directamente la práctica del transfuguismo, en el que se enfrascaron infructuosamente todos los Parlamentos anteriores, sino que usó la forma indirecta al modificar el Reglamento del Congreso para impedir la formación de nuevas bancadas o grupos parlamentarios.

Este tema es muy sensible para los peruanos, pues es difícil olvidar la escena en la que Vladimiro Montesinos entregaba miles de dólares a Alberto Kouri para que abandonara su partido. Fue el hito simbólico con el que para el gran público nacía el transfuguismo en nuestro país. Marcaba una nueva movilidad partidaria, pero desde su lado perverso.

La naturaleza y dinámica interna de los partidos políticos cambió sustancialmente.

Desde hace un par de décadas, los partidos se articulan alrededor de sus fundadores y su dinámica es centralmente pragmática. Difícilmente hay escisiones, pero sí abandono individual de los partidos. Es que en muchos casos se trata de simples adhesiones que terminan tan pronto como finaliza la elección o la instalación del Congreso.

Los partidos, extremadamente débiles de votos y miembros, se han multiplicado tanto como su corta vida. Surgen así necesidades mutuas. Los partidos necesitan candidatos y estos, partidos inscritos. No hay más. Este matrimonio de interés, al estilo migrante ilegal, es el que ha prosperado cada vez más. Varios parlamentarios –aun cuando también se observa a nivel regional y local– postulan con diversas camisetas en diversos procesos electorales. Ellos no se sienten tránsfugas. Es la forma pragmática de seguir en la política, lo que no deja de ser cierto. Por eso, en muchos casos, hacer carreras políticas implica saltar de una tienda a otra.

Por eso, cuando se sale del transfuguismo de los años 90, la tipificación de un acto de abandono de un partido se hace borroso, pues no todo el que se sale de una organización lo hace con fines de conseguir una ventaja económica. Existen en los partidos diferencias que pueden llevar a disidencias de algún miembro o de un grupo de sus miembros. Si transfuguismo y disidencia no son lo mismo, entonces esto último no puede ser castigado porque es parte de la propia naturaleza conflictiva interna de un partido político. Por eso, la dificultad de definirla llevó a que el Congreso nunca apruebe una ley que la castigue.

Si, además, el parlamentario siente, gracias al voto preferencial, que le debe poco al partido, pese a que sin él no le es posible candidatear, el resultado es que los intereses entre el partido y sus parlamentarios se dirijan por caminos que se bifurcan.

Mientras más se ahonda en el caso, el fenómeno se torna más complejo, sobre todo si la mayoría de los parlamentarios no pertenece a los partidos que los patrocinaron en las elecciones. Por ejemplo, solo once de los 73 inicialmente parlamentarios de Fuerza Popular eran afiliados al partido.

Ya trece parlamentarios han abandonado sus grupos originales. Es decir, el diez por ciento del total, por lo que la reforma del Reglamento, que efectivamente limita drásticamente su función de representación, no ha evitado la fuga parlamentaria. En el extremo, si el número se incrementa, existirán claramente parlamentarios de segunda clase. Si el TC declara inconstitucional la norma, no terminará con el problema, por lo que es importante pensar en un equilibrio entre la organización parlamentaria y el respeto de los derechos de representación.

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