El virtual congresista Otto Guibovich tendría inconsistencias en su hoja de vida. (Foto: Roberto Bernal)
El virtual congresista Otto Guibovich tendría inconsistencias en su hoja de vida. (Foto: Roberto Bernal)
/ ROBERTO BERNAL
Alicia Rojas Sánchez

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Huaraz, en la región , remitió al Ministerio Público el caso del virtual congresista debido a que verificaron que el integrante de Acción Popular omitió información en la declaración jurada de su hoja de vida. La resolución del ente electoral precisa que Guibovich no consignó ingresos provenientes del sector privado. Esta presunta omisión fue advertida el 23 de diciembre por el fiscalizador de hojas de vida.

De acuerdo con el referido jurado, el virtual congresista no habría consignado información sobre sus ingresos privados del año 2018, cuando era apoderado de una juguería -ubicada en Lima- y le correspondía el 41% de acciones de dicha empresa, cuyo nombre comercial es Plaza de Inversiones AGP S.A.C.

La resolución, del 27 de diciembre del 2019, precisa que la personería legal de la agrupación política sustentó que a Guibovich, también vocero de la virtual bancada de Acción Popular, no se le distribuyeron utilidades de dicha empresa y que esto quedaba demostrado con un informe expedido por el contador público de la misma.

Sin embargo, para el jurado electoral especial este sustento no fue suficiente para desvirtuar la presunta omisión por tres razones: como accionista, a Guibovich le corresponde percibir dividendos de la empresa; el beneficio constituye un ingreso que debía ser declarado en el formato de declaración jurada de hoja de vida en la sección “VIII. Declaración jurada de ingresos de bienes y rentas”; y, finalmente, señalan que si el virtual congresista no percibió ningún ingreso por la titularidad de las acciones en mención, “debía acreditarlo con un documento idóneo que permita generar certeza, lo que no ocurre con la declaración emitida por el gerente general del estudio contable.

Por ello, el ente electoral concluye que subsiste el hecho de que Guibovich Arteaga habría percibido ingresos provenientes del sector privado, por lo que debió consignarlo en su hoja de vida.

Guibovich dijo que sí tiene conocimiento de este caso, pero aún no fue notificado por el Ministerio Público. “Claro [tengo conocimiento del caso] No soy el único, hay muchos casos”. Agregó que él es socio de la citada microempresa y que no percibió utilidades, como la personería legal de Acción Popular explicó al JEE de Huaraz.

“No [percibí utilidades] en el año que dicen. Es más, todavía no recupero la inversión”, declaró a El Comercio.

El caso está a cargo del fiscal José Luis Checa Matos, de la 4ta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaraz, y fue ingresado el 10 de enero de este año por el presunto delito de falsa declaración en procedimiento administrativo. El caso se encuentra en la etapa de investigación preliminar hasta el 10 de marzo, cuando se deberá determinar si hay elementos para abrir o no un proceso contra Guibovich por la presunta omisión en su hoja de vida.

-Los plazos-

El JEE de Huaraz informó a través de la resolución que no fue posible excluir a Guibovich del proceso electoral debido a que cuando la presunta omisión fue advertida ya había vencido el plazo establecido para apartar candidatos. El último día para que los jurados electorales especiales presenten las exclusiones fue el 20 de diciembre.

Por otro lado, tampoco se admitió ninguna anotación marginal porque no se contaba con documentos que permitan determinar “categóricamente la cuantía de dichos ingresos”.

José Elice, exoficial mayor del Congreso, dijo que debido a que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aún no ha expedido ninguna resolución que los proclame, los virtuales parlamentarios no están cubiertos por la inmunidad parlamentaria. Incluso, una vez que lo sean, los procesos pueden seguir debido a que se tratarían de delitos comunes por omisión. "Lo que no pueden es ser detenidos, para eso tendrían que levantarles la inmunidad parlamentaria, pero procesarlos sí. Aunque, en el periodo anterior casos como estos fueron pasados como levantamiento de fuero parlamentario, incluso en la parte del proceso, lo que no estuvo bien. Va a haber un pequeño debate y se tiene que esclarecer el procedimiento exacto”, explicó Elice.

Por su parte, José Tello, miembro del Instituto Peruano de Derecho Electoral, dijo que este tipo de casos tienen que ser manejados “de una manera discrecional” por el Ministerio Público. Debido a que Guibovich es un virtual congresista electo, “lo más seguro es que el Ministerio Público sopese a quién le corresponde, quién sería el competente [de ver el caso], por el rango de estas personas para poder llevar los procesos por la supuesta comisión del delito de falsedad ideológica", agregó Tello.