Qué se sabe del caso Byron Castillo y qué dice el fallo de la FIFA. (Foto: Twitter)
Qué se sabe del caso Byron Castillo y qué dice el fallo de la FIFA. (Foto: Twitter)
Redacción EC

El casoha vuelto a remecer el mundo del fútbol. Sin embargo, finalmente, luego de varias especulaciones sobre el desenlace que tendría esta polémica situación, se conoció el veredicto final por parte de la . A continuación, en las siguientes líneas, te contamos cuál es.

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Qué se sabe del caso Byron Castillo y qué dice el fallo de la FIFA

El máximo ente rector del fútbol mundial por fin falló. A través de un comunicado oficial, ratificó la presencia de Ecuador en el Mundial Qatar 2022 tras la segunda audiencia que tuvieron con la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP), la Federación Peruana de Fútbol (FPF) y la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF) sobre el cuestionado caso Byron Castillo, según de El Comercio.

Cabe destacar que la Comisión de Apelación de la FIFA ha fallado sobre los recursos de apelación que presentaron la Federación de Fútbol de Chile (FFCH) y la Federación Peruana de Fútbol (FPF) contra la decisión adoptada por la Comisión Disciplinaria de la FIFA relativa al posible incumplimiento de Byron David Castillo Segura de los criterios de convocatoria para participar con la selección nacional de la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF) en ocho partidos de clasificación, correspondientes a la fase preliminar de la Copa Mundial de la FIFA Catar 2022™.

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¿Qué más dice el fallo de la FIFA sobre el caso Byron Castillo?

Después de tomar en cuenta los documentos presentados de las partes involucradas y destacar la presencia de las mismas, la Comisión de Apelación decidió ratificar la decisión de la Comisión de Disciplina de dar por finalizada la investigación del caso iniciado contra la FEF.

(Foto: FIFA)
(Foto: FIFA)

Sobre la base de la documentación recibida, entre otras cuestiones también tenidas en cuenta, se dejó en claro que el futbolista debe ser denominado poseedor de nacionalidad ecuatoriana permanente, basándose en la conformidad con el art. 5, apdo. 1 del Reglamento de Aplicación de los Estatutos de la FIFA.

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