Te contamos todo lo que tienes que saber sobre el descanso médico. (Foto: Pixabay)
Te contamos todo lo que tienes que saber sobre el descanso médico. (Foto: Pixabay)
Redacción EC

Si es de los que en alguna oportunidad se enfermó y, por esa causa, dejó de asistir a centro de labores, es casi seguro que aún con el malestar encima se haya puesto a pensar en la necesidad de contar con el para evitar que los descuentos se asomen en su próxima boleta de pago. A continuación, te contamos qué es dicho documento y cómo tramitarlo.

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¿Qué es el descanso médico?

El Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo (CITT) , es el documento oficial de Essalud, por el cual se hace constar el tipo de contingencia (enfermedad, accidente o maternidad), y la duración del periodo de incapacidad temporal para el trabajo.

Se otorga al asegurado regular acreditado con derecho al mismo, determinado por el tipo de seguro y característica de cobertura que genera subsidio por incapacidad temporal o maternidad. Este documento es emitido obligatoriamente y de oficio por el profesional de salud autorizado por EsSalud y la información del mismo es registrada en la historia clínica del asegurado.

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¿Cuáles son los requisitos para realizar la validación de certificados médicos por el CITT ?

El CITT es el documento que le permite constar su incapacidad. En este, es obligatorio registrar el tipo de contingencia (enfermedad o accidente) y la duración del periodo de incapacidad. Encuentre en este el formato autorizado por Essalud para el CITT. El certificado médico debe tener por ley los siguientes aspectos:

  • Nombre completo del paciente.
  • Diagnóstico médico.
  • Fecha de inicio y término del descanso.
  • Número de días de descanso médico.
  • Firma (igual que en el DNI), sello y número de colegiatura del médico tratante.

¿Dónde se realiza la validación de certificados médicos por el CITT?

El trámite de validación del Certificado Médico, se realizará en el Establecimiento de Salud al cual está adscrito el asegurado ó en el Centro de Validación de la Incapacidad Temporal – CEVIT de la Red Asistencial, de ser el caso.

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¿Cuál es la connotación que tiene un CITT?

1. El CITT tiene connotación de salud, laboral y económica:

2. Sustenta el reposo físico prescrito por el facultativo.

3. Sustenta el absentismo laboral de causa médica.

4. Constituye uno de los requisitos para el pago del subsidio por Incapacidad Temporal o Maternidad, siempre y cuando corresponda.

¿Cuánto tiempo tengo para realizar el trámite de validación de certificados médicos?

Todo Certificado Médico posterior al vigésimo día de incapacidad acumulado en el año por el trabajador, y que cumpla con los requisitos respectivos; será validado procediéndose a emitir el respectivo CITT. La presentación del expediente por el usuario deberá ser realizado dentro de los treinta (30) primeros días hábiles de emitido el Certificado Médico.

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¿Porqué motivos se expide un CITT?

Se expide CITT por:

  • Incapacidad Temporal: causada por contingencias comunes o laborales
  • Maternidad
  • Validación de Certificados Médicos

¿A quiénes acredita y autoriza EsSalud, para expedir un CITT?

Los profesionales de la salud que deben ser acreditados y autorizados para expedir CITT son:

  • Médicos Especialistas: Sólo por patologías inherentes a su especialidad y de acuerdo al nivel de complejidad del Establecimiento de Salud.
  • Médicos Cirujanos.
  • Médicos de Control, para el caso de regularizaciones y/o validación de Certificados Médicos por el CITT. (Debiendo utilizar el sello de Medico de Control)
  • Médicos de Personal, como resultado de la atención brindada al trabajador de EsSalud.
  • Cirujanos Dentistas, sólo por patologías inherentes a su profesión.
  • Obstetrices, sólo para efectos del CITT por Maternidad, en el caso de embarazo normal en el Establecimiento de Salud donde la asegurada realizó los controles pre-natales.

¿Quiénes tienen derecho a un CITT?

Los asegurados regulares activos pertenecientes al:

  • Régimen Contributivo del Seguro Social de Salud.
  • Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) hasta un periodo máximo de 340 días.
  • Seguro Agrario.
  • Seguro del Pescador Artesanal.
  • Seguro Personal y Familiar (Plan Completo).
  • Otros que por ley se adicionen.

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