Gratificación y Aguinaldo por Navidad: ¿de cuánto es, quiénes los reciben y en qué se diferencian ambos conceptos? | En esta nota responderemos estas interrogantes relacionadas a la gratificación y el aguinaldo, además de brindar otra información relacionada al tema. (Archivo)
Gratificación y Aguinaldo por Navidad: ¿de cuánto es, quiénes los reciben y en qué se diferencian ambos conceptos? | En esta nota responderemos estas interrogantes relacionadas a la gratificación y el aguinaldo, además de brindar otra información relacionada al tema. (Archivo)
Redacción EC

En el mes de diciembre, en época de , son varios los peruanos y peruanas que reciben beneficios económicos que les corresponde según ley, estos son por ejemplo la y el . ¿En qué se diferencian? En esta nota te lo contaremos a continuación, además de contarte cuánto es el monto, quiénes específicamente reciben este apoyo, entre otra información relacionada al tema.

GRATIFICACIÓN Y AGUINALDO: CONCEPTOS DIFERENTES

La diferencia de estos dos conceptos, aunque parecidos, entre aguinaldo y gratificación es que el primero está destinado únicamente al sector público y la segunda corresponde al sector privado y un régimen del sector público. En ese sentido, el monto que reciben quienes trabajan en instituciones públicas es de S/. 300 soles, mientras que la gratificación equivale a un sueldo adicional más una bonificación del 9% por EsSalud.

MIRA: ¿Cuánto será el aguinaldo de diciembre para el sector público y quiénes serán los beneficiarios?

A continuación detallaremos cuáles son las principales diferencias entre estos dos conceptos:

QUÉ ES EL AGUINALDO

El aguinaldo es un beneficio laboral parecido al de los trabajadores del sector privado, quienes reciben la gratificación, pero que está destinado al sector público, por lo que esta bonificación la reciben los funcionarios públicos y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del y la .

La Ley de Presupuesto del sector público para el año fiscal 2022 menciona que para este calendario, el monto a entregarse dos veces al año será de S/. 300. Esta cifra es determinada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), por lo que ya está establecido un año antes de su depósito.

Como se ha mencionado, los beneficiarios son únicamente los trabajadores del sector público, pero se debe tener en cuenta el régimen al cual pertenecen.

Quienes pueden acceder a un aguinaldo son:

  • Docentes universitarios.
  • Personal de salud.
  • Obreros permanentes y eventuales del sector público.
  • Personal de las Fuerzas Armadas.
  • Policía Nacional del Perú.
  • Pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de las leyes 15117, 19846, 20530 y 28091.
LEE: Trabajadores del sector público recibirán un aguinaldo de S/300 por Navidad

QUÉ ES LA GRATIFICACIÓN

La gratificación es un monto que se le otorga en julio y diciembre al trabajador del régimen laboral privado y algunos del sector público que estén en planilla, la cual equivale a una remuneración completa, siempre y cuando el trabajador haya laborado el semestre completo. En caso contrario este requisito, solo recibe una fracción del total.

Asimismo, este equivale a un sueldo extra sumado a una bonificación del 9% por EsSalud. En el caso de estar afiliado a una Empresa Prestadora de Salud (EPS), la bonificación es de 6,75%. Cabe destacar que, en Perú las empresas de la actividad privada están obligadas a pagar la gratificación hasta la quincena de julio o diciembre.

Quienes pueden acceder a una gratificación son:

  • Los trabajadores que tienen derecho a percibir esta bonificación son aquellos que trabajan para una empresa privada con contrato de trabajo indefinido, a plazo fijo o a tiempo parcial, aun cuando trabajen menos de 4 horas diarias.
  • Asimismo, también se incluyen a ciertos trabajadores de entidades públicas reguladas por el Decreto Legislativo 728, según la Ley de Gratificaciones N° 27735. En cambio, el cálculo de cuánto será lo que una persona reciba bajo concepto de gratificación es distinta.
  • Si el empleado laboró durante el semestre completo, de enero a junio, se le deberá depositar un sueldo completo; en su defecto, recibiría la fracción que corresponda al tiempo que se dedicó a sus funciones.

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