Redacción EC

El listado de días festivos oficiales y nacionales en el Perú continúa recortándose con la proximidad del fin de año. La transición de octubre a noviembre constituye anualmente la conmemoración de un que, también, es celebrado en otros países del continente. del 31 de octubre figura como homenaje internacional en la víspera a la festividad del . Te contamos porqué los ciudadanos del Perú disfrutarán de un el primer martes del penúltimo mes del 2022.

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¿QUÉ SE CONMEMORA EL 1 DE NOVIEMBRE EN EL PERÚ?

Anualmente, el catolicismo celebra una festividad que representa una solemnidad para los fieles creyentes. En Perú, este martes 1 de noviembre será sinónimo de conmemoración cristiana, y celebración expresada con la oración por los santos, y seres queridos.

Las iglesias católicas y los camposantos reciben a una multitud que utiliza el día libre para rezar por las almas que ya no forman parte del plano terrenal. El Día de Todos los Santos es conmemorado luego de la denominada Noche de Brujas, y también lo celebran países con arraigo católico de Latinoamérica, y países europeos como España, por ejemplo.

¿SERÁ FERIADO EL 31 DE OCTUBRE EN PERÚ?

En la víspera al Día de Todos los Santos, el Perú, también, celebra anualmente una festividad internacional y al mismo tiempo una efemérides netamente nacional como el Día de la Canción Criolla.

Los puentes festivos en Perú fueron decretados el 31 de marzo a través de una publicación oficial emitida en el diario El Peruano.

Mediante se determinó que la ciudadanía laboral del Perú celebre 7 días adicionales al calendario de feriados nacionales.

Estos nuevos días están considerados como no laborables, y automáticamente los convierte en festividades regidas por el Estado peruano. La resolución Nº 033, refrendada por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), establece que el lunes 31 de octubre forme parte del listado de días no laborables compensables dirigidos para el sector público.

El día de Halloween y de la Canción Criolla será el 5to. día del 2022 que contemplará la recuperación de horas dejadas de laborar por los trabajadores de municipalidades, ministerios y otras instituciones públicas del Perú.

¿EL FERIADO DEL 31 DE OCTUBRE APLICA PARA EL SECTOR PRIVADO?

El artículo número 4 de la norma precisa y le dedica unas líneas al sector privado. Para este sector laboral, conformado por las empresas e instituciones privadas, el decreto, textualmente, indica que “los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores”.

En relación a este artículo, la declaración expresa que, en ese previo acuerdo, se deberá determinar la forma efectiva en la que el trabajador recuperará las horas que no se laboraron.