El Gobierno del Perú proporciona a los adultos mayores diversos beneficios y reducciones económicas por considerarse vulnerables en la sociedad. Entre los servicios se encuentra la exoneración del Impuesto Predial tanto a pensionistas como a no pensionistas siempre y cuando se cumplan con los requisitos que ha establecido el Estado. En la siguiente nota, te contamos todos los detalles.
¿CÓMO ES EL TRÁMITE PARA SOLICITAR LA EXONERACIÓN DE IMPUESTO PREDIAL A LOS ADULTOS MAYORES?
Para solicitar la exoneración del Impuesto Predial, los adultos mayores tendrán que acercarse a la municipalidad de su distrito para que se pueda registrar. Tras ello, es obligatorio que presentes el DNI actual del titular o representante legal de la vivienda, la última boleta de pago u otro documento que garantice los cálculos económicos personales o sociedad conyugal. Además, es necesario llevar evidencia del predio del terreno con la finalidad de realizar el procedimiento de manera eficaz. Como se sabe, se debe cumplir con todos los requerimientos de las autoridades fiscales para contar con esta ayuda.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA LA EXONERACIÓN DE IMPUESTO PREDIAL A LOS ADULTOS MAYORES?
Los ciudadanos que superen los 60 años deben saber que existe un importante descuento del valor del Autoevalúo a 50 UIT, equivalentes a S/247,500 del Impuesto Predial. En el supuesto de que el monto pase los 50 UIT, la persona tendrá que pagar solo la diferencia. A continuación, te presentamos los requisitos para que puedas calificar a este beneficio:
- Contar con más de 60 años.
- Ser dueño de una sola propiedad que esté registrada a nombre propio o de la sociedad conyugal.
- Destinar principalmente la propiedad como vivienda, aunque puede usarse parcialmente con otros fines con la aprobación municipal.
- Los ingresos brutos mensuales no deben pasar 1 UIT (S/5,150).
¿CÓMO CALCULAR EL IMPUESTO PREDIAL?
- Tramo del Autovalúo: Hasta 15 UIT (S/24.750) | Alícuota: 0,2 %
- Tramo del Autovalúo: Más de 15 UIT hasta 60 UIT | Alícuota: 0,6 %
- Tramo del Autovalúo: Más de 60 UIT | Alícuota: 1 %
¿QUÉ SIGNIFICA EL IMPUESTO PREDIAL?
En nuestro país, el impuesto predial es un tributo que tienen que pagar los dueños de bienes inmuebles, ya sea terrenos, casas, edificios y otras propiedades urbanas o rurales. Esta contribución tiene carácter municipal y se cobra todos los años con la finalidad de financiar servicios públicos locales, como mantenimiento de calles y seguridad ciudadana. Para calcular el monto del inmueble, la municipalidad se basa en factores como la ubicación, el uso del bien, su antigüedad y características físicas.