Las empresas que incumplan con el pago de las utilidades serán sancionadas por la Sunafil (Foto: Andina)
Las empresas que incumplan con el pago de las utilidades serán sancionadas por la Sunafil (Foto: Andina)
Redacción EC

Si eres un trabajador del sector privado, debes tener muy en cuenta qué son las y si te corresponde recibirlas en el transcurso de marzo o abril.

Se trata de un beneficio que corresponde a todos los trabajadores que están en planilla y que laboraron durante el año anterior. El pago dependerá de los ingresos de la compañía y de su renta neta.

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¿Cuándo se paga este beneficio laboral?

El reparto de las utilidades a los trabajadores de una empresa se hacen dentro de los 30 días luego del vencimiento del plazo para la presentación de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta (IR), la misma que vence entre el 25 de marzo y el 12 de abril.

¿Qué empresas no están obligadas a repartir utilidades?

Están exoneradas de repartir este beneficio las empresas autogestionarias, individuales, cooperativas y comunales, así como las sociedades civiles y las empresas que no excedan de los 20 trabajadores.

Si una empresa está obligada a dar utilidades, ¿cuál es el porcentaje que debe otorgar?

Eso depende del tipo de actividades que desarrolle cada una de estas empresas. En el caso de las empresas del rubro pesquero es 10%; de telecomunicaciones (10%), industriales (10%), mineras (8%), comercio y restaurantes (8%) y otras actividades (5%). Del 2021 al 2023, las empresas agrarias repartirán un 5%.

REVISA AQUÍ | Utilidades: qué son, quiénes las reciben, cuándo se pagan y todo lo que debes saber

¿Qué pasa si una empresa no paga las utilidades?

La multa más alta que puede recibir una compañía en el Perú por no abonar las utilidades es 26.12 UIT, que equivalen a S/114.928 soles.

Además, es importante mencionar que, vencido el plazo y previo requerimiento de pago por escrito, las utilidades que no han sido pagadas generan interés moratorio. “Excepto en los casos de suspensión de la relación laboral en que el plazo se contará desde la fecha de reincorporación al trabajo”, explicó la abogada laboralista Cristina Oviedo en declaraciones RPP.

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