MARÍA LUISA DEL RÍO

Al revisar las más de 200 páginas de la sentencia contra Eva Bracamonte Fefer (25), se encuentra una escasez de hechos probatorios, abundante especulación y una serie de inconsistencias que dejan más dudas que certezas.

El llamado Caso Fefer hizo noticia por última vez en octubre del año pasado, cuando se dictó la sentencia que condenó a Bracamonte Fefer a 30 años de prisión. Myriam Fefer Salleres fue asesinada en su propia casa el 15 de agosto del 2006. En setiembre del 2009, por una serie de indicios, la hija de Myriam Fefer y su mejor amiga Liliana Castro terminaron con prisión preventiva. El 15 de octubre del 2012, seis años después de la muerte de Fefer, los jueces superiores penales Aissa Mendoza Retamozo, José Chunga Purizaca y Mariella Rodríguez Vega dictaron sentencia en uno de los casos más mediáticos y complicados de la última década.

“Treinta y cinco años para el asesino confeso Alejandro Trujillo Ospina y 30 años para Eva Bracamonte Fefer, hija de la víctima”, sentenció la Sala Superior. Y Eva debió volver al penal de máxima seguridad Anexo 1 Chorrillos, donde ya llevaba tres años de prisión preventiva.

EN CINCO SEMANAS La defensa de Eva Bracamonte presentó un recurso de nulidad y el 5 de junio habrá una vista de la causa ante la Corte Suprema. Esto significa que dentro de cinco semanas la sentencia contra la hija de Myriam Fefer podría ser confirmada, anulada con la apertura de un nuevo proceso, o la acusada podría ser absuelta por falta de pruebas.

ACUSACIÓN INCONSISTENTE Una de las mayores inconsistencias de la sentencia está en las dos llamadas que habría recibido Eva Bracamonte del teléfono de su madre la noche del asesinato. La sentencia afirma que ambas llamadas las habría hecho el asesino Alejandro Trujillo Ospina “para avisarle a la hija de Fefer que ya había hecho su trabajo”. Y que tras responder esa llamada, la acusada habría apagado su celular. Eso lo deducen del detalle entregado por Telefónica. Lo inconsistente es que ni durante la investigación policial ni fiscal ni judicial se solicitó que un perito judicial de telefonía –un especialista en códigos de llamadas– realizara un análisis.

Dice la sentencia: “…el hecho de que la segunda llamada haya ingresado directamente al buzón de voz implica que la acusada Bracamonte Fefer apagó el celular después de la primera llamada, lo que al criterio del colegiado evidencia que se encontraba despierta o por lo menos consciente cuando se estaban suscitando los hechos…” (Pág. 196).

El ingeniero Enrique Suárez Guimarey es uno de los tres peritos judiciales de la Corte Superior de Lima. Consultado por El Comercio, analiza las llamadas y concluye: “No es posible que el celular entrante (de Eva Bracamonte) haya sido apagado, porque el hecho de haberse generado 15 segundos de timbrado es motivo suficiente para indicar que el equipo de la inculpada no estuvo apagado en ningún momento”.

Llama la atención que a Suárez Guimarey y a los únicos otros dos peritos judiciales de telefonía con los que cuenta el sistema judicial peruano nunca se les solicitó un análisis de las llamadas. Y esto, a decir de la defensa, era más que importante, pues buena parte de la acusación contra la hija de Myriam Fefer se basa en esas dos llamadas. Así, la sentencia se dictó pasando por alto la evidencia de que Eva Bracamonte no habría contestado ni apagado su celular. En sus declaraciones, la hija de Fefer habría dicho la verdad: “no escuché timbrar ni el teléfono de la casa, ni mi celular, ni el de mi hermano.

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