LUIS GARCÍA BENDEZÚ
La reventa y el robo de Internet inalámbrico (Wi Fi) no puede ser fiscalizado por el Ministerio Público debido a que no son delitos tipificados en el Código Penal. Según la Fiscalía de Prevención del Delito, mientras no se modernicen las leyes penales, no se puede sancionar a los institutos que dictan cursos para piratear Wi Fi privado ni a quien haga negocio con la reventa del servicio.
Según publicó ayer El Comercio, la empresa Telefónica denunció que en Lima hay unas 70 mil personas que utilizan Internet pirata. Ellas contratan este servicio informal a unos 2.850 revendedores, quienes instalan antenas para repartir el Wi Fi. Además, este Diario comprobó que en el Centro de Lima se venden programas maliciosos con los que se puede vulnerar una red protegida y utilizar Internet que paga un usuario formal.
La reventa y el robo de Wi Fi abren la posibilidad de que usuarios extraños accedan a nuestros documentos personales o transmitan información delictiva por nuestras redes. Además, perjudica la velocidad de navegación de los clientes formales.
Ana María Chuecas, titular de la Segunda Fiscalía de Prevención del Delito de Lima, señaló a este Diario que estas modalidades fraudulentas de usar el Internet no forman parte de los delitos contra el patrimonio, de receptación, contra los derechos de autor ni informáticos. “Nadie puede ser sancionado salvo que se determine bien el delito en el Código Penal”, señaló Chuecas.
Agregó que pese a que los cursos de redes inalámbricas que enseñan algunos institutos pueden fomentar la creación de nuevos hackers, tampoco se puede sancionar a esos centros debido a que, en rigor, no están cometiendo un delito. “En el país enseñar a robar no es un crimen”, dijo.
La fiscal señaló que es necesario adecuar estas nuevas clases de conductas infractoras dentro de los delitos informáticos que ya existen. “Es tarea de las fiscalías penales, del Poder Judicial y del Congreso de la República actualizar el Código Penal”, dijo.
NADIE SE HACE RESPONSABLE El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), encargado de regular las telecomunicaciones en el país, señaló que la supervisión de usuarios piratas de Internet es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). Según fuentes de Osiptel, son las empresas operadoras las que deben hallar y denunciar a los revendedores ante el organismo regulador para que este autorice una sanción.
En un comunicado, el MTC dijo que tampoco pueden sancionar la reventa de Internet ni a los piratas que utilizan el Wi Fi de otras personas. Informó que actualmente están evaluando un proyecto de ley que incorporará estas modalidades de hurto del Wi Fi como delitos.
PIRATAS SIN LÍMITES: NUEVA NORMATIVA El Ministerio de Educación informó ayer que no tiene una normativa que evite que los institutos dicten cursos sobre cómo piratear señal de Internet, pero dijo que este año la implementarán.
SANCIÓN POR PUBLICIDAD El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) informó que solo puede sancionar a los institutos por difundir una publicidad que fomente actos delictivos.
USUAL EN LA PERIFERIA Telefónica informó que la reventa de Internet es más frecuente en las zonas periféricas de Lima, debido a que no hay edificios que puedan obstruir la señal de Wi Fi que emiten las antenas piratas.
Conoce cómo cambiar la contraseña de su señal