JOHNNY AURAZO El Comercio-Trujillo

La fiscal Teresa Wong Gutiérrez, encargada de investigar la extraña muerte de Michael Minés, afirmó que en los próximos días pedirá la prisión preventiva del suboficial de la Policía Nacional del Perú (PNP, Miguel López Heredia, de 50 años, así como de los serenos de la Subgerencia de Seguridad Ciudadana de Trujillo Andrés Cueva Rodríguez, de 39, y Wilman Óscar Camus Briones, de 29.

“Se han encontrado elementos de convicción para investigar a los imputados, la pena por secuestro agravado supera los cuatro años [cadena perpetua] y puede haber peligro de fuga o peligro de obstaculización por parte de los investigados”, reveló la magistrada a El Comercio-Trujillo.

Si el Ministerio Público prueba que estos tres ciudadanos fueron autores de los delitos de secuestro agravado y abuso de autoridad en agravio de Michael Minés Espinoza, de 33 años, los tres pueden ser condenados a cadena perpetua.

Hasta el cierre de esta nota, la audiencia de prisión preventiva por desarrollarse en la sede judicial de Natasha Alta aún no había sido reprogramada.

A pesar de las investigaciones que pesan sobre ellos, los serenos Andrés Cueva Rodríguez y Wilman Óscar Camus Briones continúan laborando en el cuerpo de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT), mientras que Miguel López presta servicios en la comisaría de Bellavista, en La Esperanza.

MISTERIOSA MUERTE Michael Minés, un joven padre de familia con problemas de drogadicción, fue visto por sus vecinos por última vez el 24 de febrero, en la intersección de las avenidas América Sur y González Prada, en la urbanización Santa María.

Según testigos, Michael deambulaba únicamente en ropa interior. Luego, el policía y los serenos lo subieron a la fuerza al vehículo número 16 de Seguridad Ciudadana, al mediodía.

Sin embargo, no fue conducido a una delegación policial, sino a los cañaverales de Laredo, donde finalmente fue hallado muerto 21 días después, el 17 de marzo.

El protocolo de autopsia elaborado por la División Médico Legal consigna que el cadáver se encontraba en avanzado estado de descomposición y el tiempo aproximado de muerte era de tres semanas.

“Mi hijo fue asesinado. Si bien los tres [el policía y los dos serenos] no están siendo investigados por asesinato, porque el estado de descomposición del cuerpo impide determinar la causa de la muerte, a Michael primero lo golpearon y luego lo abandonaron en un lugar inaccesible”, expresó Alfredo Minés Sánchez.

En una de las actas elaboradas por la policía, el sereno Óscar Camus admite: “Fue llevado [Michael Minés] al sector de Santa Rosa y lo dejamos en unas cañas”.

La fiscal Teresa Wong manifestó: “El arresto solo puede hacerse en flagrancia delictiva y el ciudadano debe ser trasladado a una comisaría”.

“Por eso estamos investigando por qué el agraviado fue llevado hacia las cañas, si andar en ropa interior tampoco es un delito. Además, si usted está privado de su libertad cinco minutos sin ninguna justificación, ya se configura el delito de secuestro”, indicó la magistrada Wong Gutiérrez.

SERENOS SEÑALAN AL POLICÍA En sus declaraciones a la policía, los serenos Wilman Camus y Andrés Cueva dejaron entrever que Michael Minés fue trasladado a los cañaverales de Laredo por orden del suboficial PNP Miguel López.

“[] El policía es quien tomaba las decisiones, nosotros solo lo apoyamos”, manifestó Cueva en su declaración tomada el 18 de marzo, un día después del hallazgo del cadáver del joven padre de familia.

El mismo día, Camus declaró: “No lo subimos a la camioneta en forma voluntaria, sino que lo hicimos los tres. En la comisaría no me iban a recibir a esta persona y escuché, erradíquenlo”.

Ambos aseguraron también que no conocían a Minés Espinoza y que no lo golpearon. “Hubo un forcejeo a la hora de subirlo, pero no lo hemos golpeado”, sostuvo Cueva a la PNP.

Quien se ha acogido al derecho de guardar silencio es el suboficial Miguel López.

PRECISIONES Según el protocolo de autopsia, no se observan lesiones traumáticas externas que sean anteriores a su muerte.

La audiencia de prisión preventiva solicitada por la fiscalía fue postergada dos veces: el 14 de mayo y el 20 de junio.

El artículo 152 del Nuevo Código Procesal Penal establece la pena de cadena perpetua si es que se causan lesiones graves o la muerte del agraviado durante el secuestro, o si es que ellas se producen como consecuencia de dicho acto.