El tiempo de trabajo previo a la hora ordinaria de ingreso o el posterior a la hora de salida constituye sobretiempo y, tiene un valor superior a la hora normal
Las horas extras se pagan con un recargo del 25% por las dos primeras, y de 35% a partir de la tercera; y una alternativa legal consiste en otorgar descanso pagado en compensación al sobretiempo, previo acuerdo escrito con el trabajador.