Manuel Burga fue inhabilitado por el Comité Electoral, presidido por José Luis Noriega, para postular a la presidencia de la Federación Peruana de Fútbol (FPF). Las razones aquí, según la interpretación de este organismo:
1. La lista de Manuel Burga fue tachada ya que supondría una segunda relección, violando el artículo 46 de la Ley General de Promoción y Desarrollo del Deporte, Ley 28036.
2. La ley, que fue modificada (N° 29544) en el 2010 y publicada en el diario “El Peruano” el 24 de junio, permite una sola vez la reelección inmediata en cualquier cargo.
3. Burga tiene tres procesos en la FPF; sin embargo, el primero (2002-2006) no fue afectado debido a que en ese entonces la antigua Ley permitía la elección infinita del cargo.
4. Según la interpretación del Comité Electoral, Burga ha sido reelegido en una oportunidad (2010-2014) conociendo ya la modificación de la Ley en su artículo 46.
5. Tomando en cuenta esta consideración, la postulación para el período 2014-2018 es inválida. Nadie puede reelegirse dos veces.