Las Comisiones de Constitución y de Economía del Congreso tienen listos sus predictámenes sobre el proyecto de ley 583/2021-pe, Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia tributaria, fiscal, financiera y de reactivación económica, a fin de contribuir al cierre de brechas sociales. Este 10 de diciembre estaba programado que ambas comisiones sesionaran, sin embargo, la Comisión de Constitución fue cancelada y la Comisión de Economía, si bien sesionó, no llegó a discutir el predictamen.
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Ambos documentos, que serán discutidos en las respectivas comisiones del Legislativo, coinciden en otorgar al Ejecutivo las facultades para la mayoría de los puntos solicitados. Sin embargo, existen discrepancias sobre los cambios relacionados al régimen tributario minero, dado que solo el predictamen de Economía los incluye. Además, Constitución daría las facultades por 90 días y Economía, por 120.
Luis Miguel Castilla, exministro de Economía, afirmó que la Comisión de Constitución prevalecería sobre la de Economía si no se logra un consenso entre ambos predictámenes. Así, el primero sería discutido en el Pleno y si se aprueba, se archivaría el predictamen de Economía.
1. Facultades para cambios en minería
Para Castilla, hay una diferencia significativa en el régimen minero porque ponen como tope la homologación del incremento en el Impuesto a la Renta (IR) para las empresas que tienen convenios de estabilidad tributaria. Ese candado ha sido incluido por la Comisión de Constitución.
Además, la mencionada comisión no ha aprobado cambios relacionados al impuesto mínimo, a tasas marginales y a gastos que pueden reducirse de la utilidad operativa, lo que constituye una base imponible para el cálculo del impuesto especial y de las regalías.
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Por el contrario, el predictámen de la Comisión de Economía, sí otorga facultades respecto al régimen tributario minero, aparentemente, por recomendación del Fondo Monetario Internacional (FMI), asegura Castilla.
“Me inclino por la posición de la Comisión de Constitución, porque el documento de Economía no contempla ningún tope y eso le da un margen de discrecionalidad demasiado elevado al Ministerio de Economía y Finanzas”, señaló.
Para Castilla, gravar con tasas que pueden resultar confiscatorias no le haría bien al objetivo de mantener atractivo al Perú como plaza de inversión minera, al someterlo a un cambio tributario en un contexto adverso como el actual. A esto se suman los temas de conflictividad social y los mensajes anti inversión del Gobierno.
2. Facultades para modificaciones del Impuesto a la Renta
Según Castilla, más allá de unos puntos menores, no se ha aceptado en ninguno de los documentos lo que pretendía el Ejecutivo respecto al incremento de las tasas impositivas. Ni el cambio en las rentas de primera (por alquileres) y segunda categoría (ganancias de capital), ni incrementar el umbral para el impuesto a las personas de mayores ingresos (más de S/300.000 anuales).
“En general han sido bien parecidos y restrictivos, y me parece que está bien. Si se va a discutir el incremento a las tasas, debe ser una discusión abierta y transparente en el Congreso. Dudo que eso cambie y lo que signifique va a ser un tema complejo para el Gobierno porque ningún cambio del IR se va a tramitar como proyecto de ley faltando una semana para que acabe la legislatura”, señaló el ex ministro.
El predictamen de la Comisión de Economía llegó a aceptar algunas facultades, pero son temas menores como no poder deducir el IR a aquellos asociados con actos de corrupción.
“Son temas de menor orden y para reducir espacios de elusión, lo importante era el incremento en las tasas y bases imponibles y la creación de nuevas categorías del IR y nada de eso se ha aceptado y está bien que así sea, ya que ha sido recomendado por la mayoría de los técnicos independientes que opinaron al respecto”, señaló.
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3. Modificación de la Ley de Tributación Municipal
Víctor Zavala, gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima, refirió que ambos predictámenes recogen lo solicitado por el Poder Ejecutivo al Congreso, como aprobar que los tractocamiones estén afectos al impuesto vehicular. El problema de los arbitrios y del impuesto predial muchas veces no es de tasas ni de legislación, sino de las propias municipalidades, asegura.
“Nos parece positivo que ya no se siga acotando impuestos al propietario víctima de robo o extravío de su vehículo. Además, me parece correcto que haya una depreciación en el caso de las embarcaciones de recreo porque un buen porcentaje ya tienen muchos años”, señaló.
Para el especialista, ambas comisiones deben elaborar un dictamen único que podría ser presentado la próxima semana.
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4. Fortalecimiento del Banco de la Nación (BN)
Para Luis Arias Minaya, expresidente ejecutivo del Banco de la Nación, el documento de la Comisión de Constitución no faculta al BN a ampliar el tipo de operaciones que actualmente realiza, pero sí autoriza su fortalecimiento institucional, lo que implica aumentos de capital. Estos, según el predicatamen, podrían ascender hasta el 30% de las utilidades generadas por el BN, siempre que haya una opinión favorable del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe) y, en consecuencia, del Ministerio de Economía (MEF).
“El proyecto de ley no aporta mucho en ese sentido, es lo mismo que existe actualmente. Creo más en una fórmula automática donde un porcentaje de las utilidades del banco, pequeño en principio, sirva para aumentar el capital”, señaló.
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El documento de la Comisión de Economía mencionó, sí contempla nuevas operaciones para el BN, entre las que se encuentra prestar a microempresas cuando el banco demuestre que está en capacidad. El expresidente de la entidad califica esto último como una “declaración muy general”. Además, el predictamen establece que el presidente y el gerente general del BN sean elegidos por concurso público, algo que para Arias Minaya no sería adecuado.
“En ambos documentos no hay un acuerdo aún. Sin embargo, ninguna de las dos opciones es la adecuada. El de Economía es muy amplio y sujeto a un requisito bastante difícil de probar. El de Constitución es casi lo mismo que ya existe”, dijo.
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5. SBS: Facilitar existencia de entidades cuyas operaciones sean 100% digital e incrementar el tope máximo de multas
Sobre la facilitación de la existencia de entidades u oficinas 100% digitales, Dario Bregante, Gerente Senior de Regulación Financiera y FinTech de EY Law, aseguró que, bajo esta iniciativa, las entidades que deseen aplicarlas se verán liberadas de contar con oficinas de atención al público. No obstante, deberán mantener su domicilio en el Perú y contar con una oficina administrativa sin atención al público.
Para ello, la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) deberá modificar la normativa complementaria que regula el uso de oficinas con estas nuevas disposiciones, tal como es el caso del uso de cajeros corresponsales y otros establecimientos de atención al público. De igual modo, las entidades o negocios 100% digitales deberán tener en consideración la regulación y buenas prácticas en materia de seguridad de la información y ciberseguridad.
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Sobre el incremento del tope máximo de multas para evitar infracciones de entidades financieras, señaló que este punto se encuentra en línea con la última modificación que hizo la SBS al Reglamento de Sanciones e Infracciones, respecto del cual queda pendiente que se indique cómo se cuantificaran las sanciones.
“Es probable que la SBS elabore una fórmula en base al enfoque que han adoptado otros organismos que utilizan criterios para graduar multas, de manera que resulten más racionales y proporcionales para las entidades según los ingresos y perfil de riesgos”, señaló.
Para ello, afirma Bregante será necesario que se determine con precisión los criterios que se utilicen, entre ellos, aquellos que permitan determinar los ingresos de las empresas del sistema financiero.
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6. Impuesto para transacciones de la economía digital
Klever Espinoza, socio gerente de Kerz, ve que ambos documentos coinciden en que se mantengan las facultades para legislar en este aspecto, es decir, gravar con el Impuesto General a las Ventas (IGV) el consumo de estos servicios digitales.
“Me parece correcto porque, finalmente, el consumo debería estar gravado con el IGV porque se trata de un bien o servicio que se está consumiendo en el país. Lo que sí sería importante es que se establezca cuál va a ser el impacto de esa medida”, señaló.
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Para el especialista, toda carga tributaria genera consecuencias en el consumidor, pero también en quienes están detrás de las operaciones. Esto podría convertirse en un desaliento del consumo o un incentivo del incumplimiento de la norma.
“En otros países se usa el cargo a la tarjeta de crédito o se grava al prestador que se ubica en el país, es importante saber cuál va a ser el mecanismo que se implementaría y también qué ocurrirá con quienes consumen estos servicios y deciden registrarlos como costos o gastos de empresas, por ejemplo”, añadió.
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