Ley también prohíbe realizar descuentos en las liquidaciones. (Foto: Andina)
Ley también prohíbe realizar descuentos en las liquidaciones. (Foto: Andina)
Redacción EC

Este martes 1 de diciembre se publicó la Ley que establece la compensación laboral de los trabajadores que recibieron licencia con goce de haber en el marco del Decreto de Urgencia 029-2020, ello en el contexto del estado de emergencia nacional.

De acuerdo a la norma, las horas acumuladas con la licencia con goce de haber recibida podrán ser compensadas mediante dos opciones: con trabajo en sobretiempo –horas extras– a ejecutar o capacitaciones fuera de la jornada laboral, y con vacaciones pendientes de goce.

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Cristina Oviedo, socia de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados, precisó que, según la ley, cada hora extra trabajada o en capacitación, así como cada día de vacaciones, equivale a tres veces las horas o días compensados.

Ha habido una suerte de condonación parcial, porque por cada hora [trabajada o en capacitación] o cada día de vacaciones que compenses equivale a tres. Con ello, ya hay una reducción o una condonación tácita de ciertas horas que deben los trabajadores a los empleadores de ser el caso. Esto de por sí ya tiene un impacto, porque los empleadores no van a poder compensar la totalidad de la licencia con goce de haber que fue otorgada a los trabajadores en el marco de la pandemia”, acotó.

Precisó también que el trabajador solo podrá realizar labores en sobretiempo o capacitaciones fuera de la jornada diaria sin exceder las dos horas diarias.

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La ley indica que las empresas tienen un plazo de 15 días, una vez entrada en vigencia la norma, para informar por escrito a sus trabajadores el total de horas de licencia con goce de haber que adeudan.

Limitaciones

Lidia Vilchez, socia de Philippi, Prietocarriza, Ferrero DU & Uría, afirmó que la ley limita la cantidad de sobretiempo compensado en trabajo o capacitaciones a 52 horas semanales y recordó que la jornada laboral semanal es de 48 horas. Es decir, solo se podrán compensar cuatro horas por semana.

No solo ello, tanto ella como Oviedo apuntaron a que la norma establece un año como plazo para que se pueda compensar compensar las horas acumuladas de la licencia con goce de haber. En ese sentido, “si solamente toda la compensación se tiene que hacer en un año y tenemos cuatro horas por semana, en un año con sobretiempo solamente podríamos compensar 200 horas extras, más o menos, que equivalen solamente a 26 días”, estimó Vilchez.

Aún si la cantidad es triplicada como establece la norma, señaló, no se alcanzará a la compensación. “Aún con esa regla no llegamos a compensar, pero es una regla que lo único que ocasiona es un perjuicio económico para el empleador, porque con este mecanismo no hay forma de siquiera llegar a compensar el 20% de lo que le pagó el empleador a los trabajadores de grupo de riesgo”, añadió. En ese sentido, consideró que se tuvo que dar un plazo mayor, de tres años.

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Asimismo, Oviedo apuntó a que, para el caso de las vacaciones pendientes, solo se podrán compensar 15 días por periodo vacacional.

La norma nació del proyecto de ley de la parlamentaria Isabel Cortez de Cambio Democrático - Juntos por el Perú.

Condonación

Según la ley, una vez que se se cumpla el plazo de un año, las horas no compensadas serán absueltas, además de que está prohibido realizar descuentos en la liquidación de beneficios sociales que se entrega a los trabajadores una vez culminado su vínculo laboral, ello como compensación de las horas de licencia pendientes.

Oviedo sostuvo que en este caso se pudo haber facultado al empleador a poder realizar descuentos de los beneficios sociales si el trabajador era cesado por haber incurrido en un incumplimiento grave.

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Sectores

Oviedo apuntó a que esta norma alcanza a todos los trabajadores que estuvieron en el grupo de riesgo por COVID-19 y que podían desempeñar sus labores en trabajo remoto.

Asimismo, alcanza a las empresas que no pudieron realizar sus actividades económicas durante un largo tiempo y mantuvieron a su personal en ese tiempo.

Estamos hablando del sector turismo, cine, restaurantes, esas empresas que demoraron en reactivarse y que tuvieron que estar con su personal con licencia con goce de haber, porque no podían realizar sus actividades por el tema de la pandemia. Son estas empresas las que han generado el mayor número con licencia con goce de haber compensable”, añadió.


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