Para que estas regiones puedan iniciar la Fase 2 de la reanudación de actividades, deberán ser autorizadas por el sector correspondiente, y mediante resolución ministerial.  (Foto: GEC)
Para que estas regiones puedan iniciar la Fase 2 de la reanudación de actividades, deberán ser autorizadas por el sector correspondiente, y mediante resolución ministerial. (Foto: GEC)
Redacción EC

El Gobierno especificó qué zonas urbanas del país requerirán de autorización ministerial para iniciar la de la reanudación de actividades. Se trata de jurisdicciones ubicadas en las regiones Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Loreto, Ucayali, Ica, y las provincias de Santa, Huarmey y Casma del departamento de Áncash.

Como se sabe, en el Decreto Supremo (DS) 094-2020-PCM -publicado el 23 de mayo- se establecieron diversas medidas que rigen durante el nacional, pero exceptuando estas regiones y provincias mencionadas debido al índice de alto riesgo.

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La medida que define qué zonas requerirán autorizaciones previas fue aprobada vía DS 103-2020-PCM, publicado este domingo 7 en una Edición Extraordinaria del Diario Oficial El Peruano.

Esta norma también modifica el DS 101-2020-PCM -publicado el 4 de junio- que ordenaba la implementación de la Fase 2 de la Reanudación de Actividades (inicio de actividades de los conglomerados productivos y/o comerciales a nivel nacional) desde la vigencia del presente decreto, con excepción de las regiones y provincias con índices de alto riesgo.

Además, el DS 103-2020-PCM decide omitir las “las zonas urbanas definidas de alto riesgo por la Autoridad Sanitaria Nacional” y se inclina por las regiones donde la pandemia haya sido más agresiva.

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De este modo, el presente decreto toma como referencia las regiones en donde el presidente anunció mayores restricciones.

Para que estas regiones puedan iniciar la Fase 2 de la reanudación de actividades, deberán ser autorizadas por el sector correspondiente, y mediante resolución ministerial.

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