Arbitrajes como el que compete a Chavimochic III son emblemáticos en el Perú.
Arbitrajes como el que compete a Chavimochic III son emblemáticos en el Perú.
Rodolfo Miranda

En el 2008 se promulgó el Decreto Legislativo Nº 1071 y con ello se dio un gran paso a favor de la comunidad arbitral peruana, pero no sólo a nivel local, sino que consolidó al país como una sede atractiva para los arbitrajes internacionales.

El arbitraje es un mecanismo de resolución de conflictos que evita tener que recurrir a instancias del Poder Judicial, donde se conoce que los plazos para obtener una sentencia firme son largos (entre 8 y 10 años), principalmente por la gran carga procesal de los juzgados. Mientras que el proceso arbitral dura un periodo de entre 12 a 24 meses.

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Tomando ello en consideración, todo cambio a nuestra normativa arbitral debe ser analizado con cuidado y debe ser materia de debate. Recientemente, el Ejecutivo ha formulado un proyecto de ley que propone cambios en materia arbitral, por lo que corresponde conocer hacia a donde apuntan.

Por ejemplo, uno de los motivos del cambio es optimizar el marco normativo alrededor de la ejecución de obras públicas, con la finalidad de evitar que se suspendan a causa de un litigio, provocando un descontento en la sociedad. Coincide con la reciente promulgación de la Ley 31589, que busca garantizar la reactivación de obras públicas paralizadas.

MAYOR TRANSPARENCIA

Otro aspecto que motivó cambios son las inscripciones de medidas cautelares y sentencias en los Registros Públicos del Perú. Es meritoria la intención de buscar mayor transparencia y seguridad en las actuaciones arbitrales, lo que responde a los últimos eventos de corrupción en materia arbitral, que deberían aislarse.

Corresponde analizar estos cambios detenidamente, pues el Perú viene siendo uno de los país líderes en soluciones de controversias bajo este sistema.

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