En entrevista, el Country General Manager Cabify Perú, Carlos Mendoza, comenta sobre la nueva ley que regula a las empresas administradoras de intermediación del servicio privado de transporte a través de plataformas digitales. Sostuvo que la norma es un gran avance, pero se debe esperar el reglamento para ver la naturaleza de este empadronamiento a cargo del MTC.
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- ¿El dictamen aprobado está en línea con lo que requería la industria de movilidad?
Como Cabify, nos parece muy positivo que se haya aprobado esta norma. El sector necesitaba regulación desde hace muchísimo tiempo y este es un primer paso en la construcción de esa regulación. En Cabify hemos operado de forma domiciliada desde nuestro inicio hace más de 12 años. Creemos que la industria necesita ese modelo de operación. Ahora, lamentablemente, la norma aprobada no exige que las empresas o las plataformas operen de esa manera. Lo único que hace es crear un registro de plataformas tecnológicas de intermediación de movilidad en el Ministerio de Transportes. Pero eso no obliga de ninguna manera a que la empresa o la plataforma opere de forma domiciliada en Perú, solo a que se registre en dicho registro en el Ministerio.
- ¿Que se registren no es acaso una forma de empadronarlas y alinearlas a criterios estándar?
Es un paso positivo, pero creemos que el registro es simbólico, porque al final no obliga absolutamente nada. Solo a estar registrado y acercarse al Ministerio. Queda todavía la etapa de reglamentación de esta norma, que es aquella etapa en la que después el Poder Ejecutivo va a aterrizar mucho más los requisitos y procedimientos -siempre dentro del alcance de la ley aprobada-. Creemos que esa es la mejor oportunidad para que el ministerio establezca bastante claridad, formalidad y, sobre todo, mecanismos de seguridad para los usuarios del servicio, tanto pasajeros como conductores.
- La norma ya establece requisitos máximos, ¿qué otros se deben agregar?
Ya la norma establece algunos requisitos básicos de seguridad que tienen que cumplir las plataformas que hacen esta intermediación de servicio. Por ejemplo, en filtros de admisión de conductores o algunas funcionalidades tecnológicas como el famoso botón de pánico. En Cabify siempre hemos tenido un enfoque mucho más agresivo en términos de seguridad. Ya que hemos ido siempre más allá de los estándares básicos en seguridad, sí esperamos que el ministerio aproveche en el reglamento para establecer algunos estándares un poco más altos.
"¿Qué hace Cabify que la industria no hace? Tenemos filtros de admisión bastante estrictos que no se basan solamente en la presentación de documentos por parte del aplicante a conductor. Porque los documentos te pueden falsificar fácilmente"
- Repito mi pregunta, ¿cuáles serían?
¿Qué hace Cabify que la industria no hace? Tenemos filtros de admisión bastante estrictos que no se basan solamente en la presentación de documentos por parte del aplicante a conductor. Porque tú sabes que los documentos se pueden falsificar fácilmente. Al final, nosotros ni siquiera pedimos que nos traigan el certificado de antecedentes, nosotros lo buscamos directamente en en las instituciones públicas. Tenemos funcionalidades tecnológicas más allá del botón de emergencia, que es el último recurso que debería que debería ser utilizado: podemos compartir el viaje con otra persona, bloqueamos el número telefónico del conductor y del pasajero cuando se contactan uno al otro para ponerse de acuerdo en el punto de recogida. En otros aplicativos, eso no existe y luego vemos casos de acoso a usuarios. Esas son el tipo de cosas son las que nos gustaría ver plasmadas en el reglamento.
- También el dictamen detalla las responsabilidades que asume la plataforma de intermediación dentro de un proceso administrativo o un proceso judicial. A su entender, ¿hasta dónde alcanza esta responsabilidad?
Es muy importante dejar claro algo. Hay dos malentendidos que han circulado bastante en medios últimamente respecto de esta norma. El primero es este que comentas. La norma no establece que las plataformas vayan a ser responsables por actos delictivos de los usuarios conductores. De hecho, en el marco jurídico nacional, la responsabilidad penal es personalísima, yo no puedo ser responsable por un delito que tú cometiste. Lo que la norma establece es la responsabilidad que tienen las plataformas por la prestación propia de su servicio de intermediación. Eso es bastante natural y bastante saludable. Todas las empresas tenemos un giro de negocio y tenemos que hacernos responsables de los daños perjuicios que ese giro pueda generar. En el caso de las plataformas de intermediación, el giro de negocio es justamente la intermediación tecnológica. No obliga a la norma -ni podría- a las plataformas sean responsables por un acto delictivo.
- Y en un caso concreto de una infracción o delito cometido por el conductor, ¿cuál es esa responsabilidad?
En caso que una plataforma que -a diferencia de Cabify- no fue diligente en la admisión de sus usuarios conductores y tiene un conductor con antecedentes, si se activara y presta el servicio a pesar de ello, ahí hay una responsabilidad. Es distinto habilitar a un usuario conductor que no tiene récord ni evidencia de un comportamiento inadecuado, pero otra distinta es que la plataforma tenga información confiable y oficial de antecedentes del conductor y aún así lo habilite. Son cosas que tienen que ser evaluadas de forma distinta.
Sobre el servicio de taxi y el reglamento
Tras la publicación de la norma, se difundió que la norma derogaba un reglamento de la ATU respecto al registro de los taxis, con lo cual los servicios de movilidad no requerirían autorización para brindar el servicio. A entender de Mendoza, la norma no implica ello ni significa que los taxis no deban cumplir requisitos.
“Se ha entendido mal una disposición de esta norma. Lo que se ha hecho es inaplicar una disposición de la norma vigente de la Autoridad de Transporte Urbano (ATU) a las plataformas digitales. La norma de ATU dice: cualquier traslado remunerado de un punto A un punto B es taxi y tiene que cumplir los requisitos del taxi. Entonces, si tú me quieres llevar a mí a mi oficina porque vivimos o trabajamos cerca y luego me das S/5 para la gasolina, pues ya eres ilegal y estás incumpliendo los requisitos de taxi. Este proyecto de ley, reconoce que no puede ser aplicable la regulación y requisitos de taxi a cualquier transporte de un punto A a un punto B. Y lo que hace es decir que esa definición no es aplicable para las plataformas tecnológicas de intermediación y los conductores que operan con ellas”.
En opinión de Mendoza, tampoco la norma implica que se abra paso al taxi colectivo. “No significa que el taxi no deba cumplir sus requisitos ni que el taxi colectivo esté permitido. Está prohibido y debe seguir así”, aseveró. Pese a ello, el gerente sí considera necesario que el reglamento sea más específico sobre los alcances de la norma.
“Es necesario precisarlo mejor en el reglamento sobre que el taxi sigue manteniendo todas las regulaciones permitidas. Y lo que se está haciendo es diferenciar el transporte persona a persona del taxi para que pueda tener su propia normativa, sus propias regulaciones y sus propios requisitos. Si no se hace esa diferencia, será imposible imponer requisitos que sean consistentes con la naturaleza tecnológica del modelo”, dijo.
- Cabify hoy cuenta con 2.000 clientes corporativos.
- Hoy cuenta también con Cabify Logistics, que permite el servicio de traslado de mercadería entre clientes.
- A largo plazo, la compañía no descarta evaluar una apuesta de multimovilidad que pasa por el uso de bicicletas, motos eléctricas u otros.