Este viernes el Pleno del Congreso aprobó otorgarle facultades legislativas al Poder Ejecutivo en materia tributaria, fiscal, financiera y de reactivación económica, aunque el texto final difiere del pedido original del Gobierno, presentado el 27 de octubre.
Los puntos de fondo que la Comisión de Constitución en el texto sustitutorio no consideró las propuestas del Ejecutivo para modificar el régimen tributario minero ni las tasas del Impuesto a la Renta (IR) de primera, segunda, cuarta y quinta categoría.
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El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) indicó que el Poder Ejecutivo cuenta con un plazo de 90 días para publicar los Decretos Legislativos relacionados a las facultades otorgadas por le Congreso. En ese sentido, la cabeza del MEF, Pedro Francke, sostuvo que ello “permitirá continuar con la reactivación económica a través de un mayor impulso a la inversión pública e inversión privada”, así como continuar con la mejora de la competencia y competitividad del sistema financiero.
Sin embargo, el MEF consideró que las medidas aprobadas en el Congreso permitirán que se recaude un 0,2% del Producto Bruto Interno (PBI).
Impuesto a la Renta y minería no incluidos
Como indicó el exministro de Economía, Luis Castilla, el 16 de diciembre a El Comercio, las modificaciones en la tributación minera para elevar la tasa impositiva en dicho sector podrían afectar las inversiones mineras y la competitividad en el país.
A su vez, el cambio de las tasas del IR conllevaría a un incumplimiento del pago por parte de los contribuyentes de primera categoría, por ejemplo, o causaría que se traslade el aumento de las tasas a los inquilinos de las viviendas o locales comerciales, sostuvo entonces Castilla.
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La presidenta de la Comisión de Constitución, Patricia Juárez, consideró que no es pertinente delegarle al Ejecutivo ambos aspectos, dada la coyuntura actual, pero invocó a que presente inmediatamente proyectos de ley sobre estos dos temas.
Asimismo, Francke, durante un evento del Consorcio de Investigación Económica y Social (CIES) realizado el viernes, señaló que van a insistir con determinadas modificaciones tributarias, por lo que presentarán proyectos de ley en las materias que el Congreso no le otorgó facultades.
Elevar el capital del Banco de la Nación
El texto sustitutorio va en línea con la propuesta del dictamen de la Comisión de Constitución, al autorizar al Banco de la Nación la posibilidad de elevar su capital hasta con el 30% de las utilidades que generó durante el año. Se precisa que el directorio de la estatal financiera deberá solicitar al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe) que le autoricen dicho incremento.
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Luis Arias Minaya, en la edición de El Comercio del 12 de diciembre, sostuvo que dicho aspecto no generaba un aporte importante, considerando que debía aplicarse “una fórmula automática donde un porcentaje de las utilidades del banco, pequeño en principio, sirva para aumentar el capital”.
A su vez, Castilla señaló que la capitalización del Banco de la Nación se podía realizar a través de un Decreto Supremo.
Juárez durante la sesión del Pleno del Congreso que era pertinente delegar facultades para que la entidad estatal pueda modernizarse en una primera etapa, mientras que en una segunda etapa se podrían considerar las operaciones de préstamo a microempresas.
Este último aspecto, señaló, podría ser discutido en el Parlamento en 12 o 18 meses.
Entidades con operaciones 100% digitales
Según el texto, se delegan facultades para fomentar la competencia entre entidades supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), permitiendo facilitar la existencia la existencia de entidades u oficinas con operaciones 100% digitales dentro del sistema financiero.
Ello implica que las entidades no necesitarán tener oficinas para atender al público, aunque sí tendrán que contar con una oficina administrativa que no realice la atención al público, indicó Darío Bregante, Gerente Senior de Regulación Financiera y FinTech de EY Law, en la edición de El Comercio del 12 de diciembre.
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El texto también permite que las publicaciones se puedan realizar a través de medios virtuales o digitales, además de simplificar el proceso de licenciamiento, supervisión y salida del mercado para las empresas que no realizan captación de depósitos.
Sin embargo, el Congreso no consideró la propuesta del Ejecutivo para elevar el tope máximo de multas que puede imponer la SBS.
Juárez resaltó que se ha establecido para los servicios de transporte y custodia de dinero la reducción de hasta un 30% del capital mínimo requerido, con el fin de fomentar una mayor competencia en dicho rubro.
Obras
El texto aprobado indica que hasta el 31 de diciembre de 2022 se pueden establecer medidas especiales para facilitar la tramitación, evaluación y aprobación de procesos a cargo de las entidades del Estado en materia de inversión privada y pública, ello con el fin de impulsar la reactivación económica y optimizar la ejecución.
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En ese sentido, se da facultades para que en los proyectos bajo la modalidad de asociación público-privada (APP) se pueda exceptuar de forma temporal las licencias de habilitación urbana o de edificación.
Además, se amplían los alcances de las Obras por Impuesto (OxI) para los proyectos de Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR), así como los de emergencia nacional, de mantenimiento y operación de proyectos.
Sobre ello, Karen Ángeles, consejera del estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados, sostuvo en la de edición del 16 de diciembre que estos IOARR son obras de baja complejidad técnica y de necesidad urgente.
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Indicó que estos cambios podrían generar una mayor cantidad de proyectos. Asimismo, en la agilización de procedimientos en licencias y autorizaciones, la especialista consideró que se necesitarán de personas capacitadas para la ejecución de los proyectos, con el fin de no generar trabas burocráticas en las entidades.
Más datos
El texto final aprobado por el Pleno del Congreso no incluyó la propuesta del Poder Ejecutivo para establecer mecanismos de recaudación del IGV por los servicios digitales.
Cabe mencionar que tampoco se considera el pedido para crear un régimen simplificado del IR para empresas de menor tamaño, lo que implicaba suprimir el Régimen Especial del IR y el Régimen Mype Tributario.
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