El Poder Ejecutivo, mediante Decreto de Urgencia N° 003-2019, prorrogó el plazo de la exoneración del Impuesto General a las Ventas (IGV) a la importación y/o venta en el país de los libros y productos editoriales por un año. La medida fue publicada en las normas legales publicadas en el diario El Peruano este viernes 11 de octubre.
Se trata del primer Decreto de Urgencia que el Gobierno publica en materia tributaria, tras la disolución de Congreso.
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Cabe recordar que antes de la disolución del Congreso, el Ejecutivo había presentado un proyecto de ley que proponía extender por tres años los beneficios tributarios de la ley del libro; mientras que lo que se discutía en el ahora disuelto Congreso era una ampliación por diez años.
El Decreto de Urgencia acordó extender el reintegro tributario del IGV -por un año- para los editores de libros cuyos ingresos netos anuales no excedan las 150 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
Asimismo, asignó un monto de S/16 millones anuales para el financiamiento de actividades vinculadas al fomento de la lectura y el libro, a cargo del Ministerio de Cultura. Se podrá disponer de hasta diez por ciento (10%) de esta asignación para gastos administrativos. En tanto, se asignaron otros S/16 millones al Ministerio de Educación para la implementación de bibliotecas escolares. Ambos se financiarán en el año fiscal 2020.
“El Decreto de Urgencia tiene por objeto establecer medidas extraordinarias para mitigar el impacto del vencimiento de los beneficios tributarios para el fomento de la actividad editorial contemplados en la Ley Nº 28086, a fin de garantizar el acceso al libro, a través de un sistema de gestión de accesibilidad universal”, se puede leer en la publicación.
El Decreto de Urgencia Extraordinario es refrendando por el presidente de la República, Martín Vizcarra; el presidente del Consejo de Ministros, Vicente Zeballos; el ministro de Cultura, Francisco Petrozzi; la ministra de Economía y Finanzas, María Antonieta Alva y la titular de Educación, Flor Pablo Medina.