(Foto: El Comercio)
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Un grupo de trabajo de la Comisión de Economía del Congreso de la República viene elaborando un proyecto de ley con el objetivo de cambiar la regulación de la . Su idea es que el Estado otorgue permiso (o no) a las fusiones y adquisiciones empresariales antes de hacerse efectivas. En ese sentido, conviene revisar la actuación del Indecopi en su papel vigilante de la libre competencia bajo la ley actual, en la que su regulación se realiza en la “cancha”, es decir, luego de que las fusiones ya están funcionando.

En los últimos 10 años, el Indecopi a través de su Comisión de Libre Competencia (CLC), ha tenido un giro en el tratamiento de los casos de prácticas anticompetitivas. La proporción de procedimientos iniciados de oficio se ha incrementado de 26% a 65%, lo que muestra su proactividad. Asimismo, respecto a los procedimientos concluidos, los casos de prácticas colusorias se han incrementado de 32% a 60% del total. En otras palabras, la tendencia en la lucha contra las prácticas anticompetitivas en el Perú va dirigida hoy principalmente hacia los cárteles de precios, al igual que en el resto de economías del mundo.

Esto resulta importante dados los altos efectos perjudiciales que tienen los cárteles al incrementar el precio por encima del nivel de competencia. Además, las investigaciones de cárteles en su mayoría se declaran fundadas (lo que significa tiempo bien invertido), las sanciones son altas, involucran mercados más grandes y más agentes económicos. Es decir, es una política de competencia eficaz.

La CLC ha trabajado con el objetivo de desincentivar prácticas anticompetitivas, a través del incremento de las visitas inspectivas y la definición de prácticas absolutas en cárteles (lo que permite que basta probar la existencia de la práctica para que esta sea sancionable y no sea necesario demostrar el daño).

Si bien en los últimos años se han tomado medidas que fortalecen a la CLC, existe la necesidad de realizar una reforma. Esta debe considerar la implementación de sanciones penales para disuadir a los directivos de las empresas que podrían componer un cártel. Asimismo, se requiere la creación de un procedimiento que permita incentivar por la vía judicial las reparaciones por daños y perjuicios. Por último, se necesita reforzar el programa de clemencia de las empresas involucradas en el cártel.

Sin embargo, existen dos factores críticos para su mejor funcionamiento. El presupuesto asignado es bajo, lo que no permite otorgar buenos salarios a los especialistas con alta carga laboral. Asimismo, resulta relevante reforzar la comunicación de los casos de cárteles por su alto poder de disuasión al involucrar empresas y personas naturales. La tarea es entonces, antes de cambiar la ley, analizar profundamente la actuación de la CLC en su lucha contra los cárteles. En otras palabras, la nueva ley debe ir acompañada por un buen análisis costo-beneficio para demostrar que es beneficiosa respecto de la situación actual.

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