Un tribunal español ordenó a la low cost Ryanair reembolsar a una clienta a la que se le cobró por llevar equipaje en cabina sin un billete especial, y mandó también a la aerolínea que la cláusula “sea desterrada” de sus términos y condiciones.
En una decisión tomada en octubre y publicada este miércoles, un juzgado de lo mercantil afirma que la aerolínea irlandesa debe reembolsar los 20 euros cobrados más el interés moratorio a la clienta, una mujer que voló de Madrid a Bruselas con una maleta de 10 kg.
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En sus condiciones, Ryanair solo permite llevar pequeños bolsos de mano en la cabina, siempre y cuando puedan ser colocados bajo el asiento delantero. Sin embargo, para llevar a bordo una maleta de hasta 10 kg de peso, obliga a pagar un billete de tarifa ‘priority’, más caro.
En su inapelable decisión, el juzgado califica de “abusiva” la política de equipaje de cabina de la compañía, atendiendo a los derechos del pasajero según la legislación española.
Por ello, la corte declaró “nula” la cláusula, y ordenó “que sea desterrada del contrato”.
Pero la aerolínea con sede en Dublín indicó en un comunicado que la decisión “no afectará la política de equipaje de Ryanair”. El tribunal español “malinterpretó la libertad de las líneas aéreas comerciales de determinar el tamaño del equipaje de cabina”, agregó.
En febrero, la autoridad antimonopolio de Italia impuso a Ryanair una multa de tres millones de euros y otra de un millón de euros a la húngara Wizzair, por su política de equipaje en cabina, argumentando que equivalían a elevar los precios de manera “no transparente”.
Sin embargo, el pasado mes una corte italiana canceló las multas, a raíz de sendos recursos presentados por las aerolíneas.