Congreso plantea que una entidad pública y autónoma gestione el nuevo Sistema de Pensiones (Foto: GEC)
Congreso plantea que una entidad pública y autónoma gestione el nuevo Sistema de Pensiones (Foto: GEC)
/ LUCERO DEL CASTILLO

Estatismo, improvisación y apuro es una pésima combinación. Tenemos al frente que estaría a punto de estatizar la gestión de los fondos privados de pensiones, administrados actualmente por las AFP. El perjuicio será para los trabajadores pues estos fondos son sus ahorros obligatorios, administrados bajo cuentas individuales.

MIRA: Perú vuelve a quedarse sin oxígeno: ¿dónde se pueden encontrar nuevos suministros? | INFORME

El Sistema Integrado Universal de Pensiones, que se propone establecer, sería la fusión del sistema privado administrado por las AFP con el sistema público administrado por la SNP y otros sistemas públicos.

Este proyecto es estatista pues la gestión de todos los fondos, incluidos los fondos privados de los trabajadores, estará a cargo de nueva entidad pública. Es grave que se ponga en riesgo el ahorro para la jubilación de los trabajadores que vienen aportando obligatoriamente a sus fondos individuales. ¿Si el Estado no ha podido gestionar adecuadamente la compra de vacunas contra el Covid 19, cómo creer que las cuentas existentes no se afectarán sólo porque una ley así lo dice?

MIRA: Casas de campo: precio de alquiler y las nuevas propuestas para la venta de lotes

Si el proyecto de ley entra en vigencia, una parte del aporte por cada trabajador irá a su cuenta individual (como ocurre ahora), pero será administrado por quien elija el Estado por subasta internacional, lo que elimina la libertad de elección ciudadana. La otra parte irá a una cuenta compartida. ¿Compartida en qué medida? No lo sabemos. El proyecto sólo señala que existirá un mecanismo redistributivo y solidario que será fijado por el reglamento de la ley. Es decir, lo único claro es que se tratará de un nuevo impuesto encubierto aún no definido.

Este proyecto de ley es improvisado pues guarda muchos silencios sobre aspectos trascendentales. Por ejemplo, no sólo se envía a reglamentación el mecanismo redistributivo y solidario indicado, sino también las condiciones de afiliación, el porcentaje de retención mensual de la remuneración del trabajador (que podría ser entre 4 y 13%) y el aporte del empleador (entre 1 y 5%). Sería de una ley incompleta que no ha sido debidamente reflexionada.

Además, la nueva entidad púbica a cargo de la adecuada gestión de todos los fondos se encontraría indefinida y vulnerable. El proyecto propone crearla, pero no define su estructura detallada de organización y funciones. Lo encarga al Poder Ejecutivo. Esta entidad, que administraría una cantidad millonaria de recursos, debiera tener una autonomía constitucional como la del BCR o la SBS para evitar intervención política. Sin embargo, este proyecto no le otorga esta autonomía. Solamente establece una comisión de trabajo para que ello se proponga en el futuro.

MIRA: Protecta: “Tenemos clientes que están esperando entre ocho y diez meses para pensionarse”

Este proyecto refleja apuro. En dos meses aproximadamente se realizarán elecciones de nuevo presidente de la república y nuevos congresistas. Sin embargo, los reglamentos y normas complementarias de la ley se emitirían hasta seis meses (6) después, con otro gobierno y congreso. ¿Por qué el apresuramiento? La legitimidad del actual congreso está afectada, así como la del gobierno. Es conveniente hacer una pausa y meditar una reforma adecuada y no estatista.

Compartimos los fines del principio de solidaridad, que generan igualdad de oportunidades. Si se necesitan recursos para darles concreción, que se amplíe la base de contribuyentes, en lugar de aumentar la presión tributaria encubierta sobre los actuales contribuyentes.

Este proyecto es inconstitucional. Afecta injustificadamente la propiedad privada sobre el ahorro en las cuentas individuales de los trabajadores. Ellos deben decidir qué entidad los administra. No el Estado.

Si se intervienen hoy los ahorros obligatorios en las AFP y no ejercemos una pacífica resistencia ciudadana, mañana podrían intervenirse los ahorros en el banco. ¿Cuál sería la diferencia? Sólo matices.

Te puede interesar

Mira también

¿Cuáles son las nuevas restricciones para frenar el avance de contagios por COVID-19?
El presidente de la República, Francisco Sagasti anunció nuevas restricciones para frenar el avance de contagios del nuevo coronavirus. Las cuáles entraran en vigencia a partir del 31 de enero al 14 de febrero del 2021.

Contenido sugerido

Contenido GEC