"Seguimos esperando que el Gobierno ponga en marcha los planes de incentivo para la contratación formal", señala el laboralista.
"Seguimos esperando que el Gobierno ponga en marcha los planes de incentivo para la contratación formal", señala el laboralista.
Germán Lora

He quedado sorprendido de la respuesta del Gobierno a la información brindada por la OIT de que .  No tuvieron mejor idea que promulgar la nueva , dejando claro que la intención de recuperar los puestos de trabajo perdidos por la pandemia no va por el camino correcto, pues generando mayores derechos no se logran puestos de trabajos formales; y menos ahora.

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Lo analizaremos como para un alumno de primaria.  Si en un régimen laboral con un costo directo de casi 25%, la informalidad laboral es del 94% (), ¿qué nos espera si los costos laborales han aumentado en más del 50%? ¿Habrá menor o mayor número de trabajadores formales?  Una vez más somos víctimas de leyes que solo buscan el rédito político de unos cuantos y que lo único que logran es deteriorar mucho más el mercado laboral peruano.

Pero el problema no queda allí. Desde nuestro punto de vista, la promulgación de la mencionada ley ha puesto un freno natural a las reformas que requiere la legislación laboral peruana desde hace mucho tiempo, pues consideramos que con su entrada en vigencia se ha establecido un límite mínimo de derechos laborales con los que debería contar un trabajador peruano, más aún cuando, en este caso, el empleador se trata de una persona natural que no lucra con la prestación del servicio del trabajador. 

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No me queda duda que no pasará mucho tiempo para que, sobre la base de la nueva ley, se escuchen voces conocidas que digan que no puede suceder que un trabajador de una micro o pequeña empresa gane menos que un trabajador del hogar, y busque eliminar los regímenes laborales mencionados; y así sucesivamente. Por lo tanto, el daño que se ha generado es transversal a la legislación laboral peruana.  ¿Con qué argumento se podría plantear un régimen laboral especial post COVID-19, la implementación masiva de una remuneración integral anual o la generación de un contrato de trabajo a plazo fijo especial, teniendo en cuenta lo establecido por la nueva norma?

Seguimos esperando que el Gobierno ponga en marcha los planes de incentivo para la contratación formal. Se ha hablado del – prioritariamente jóvenes – que sean contratados a plazo indefinido. Considero que supeditar un incentivo a la contratación a plazo indefinido con casi el 80% de nuestros trabajadores con contratos a plazo fijo, sería un fracaso anticipado.

Lo discusión del contrato especial post pandemia parece que se enfrió luego del informe emitido por la Dirección General del Trabajo ante la consulta de un gremio empresarial y el trabajo remoto – como caído del cielo - aún seguirá en nuestro ordenamiento jurídico por unos meses más.  ¿Con eso será suficiente para recuperar los casi 500.000 puestos formales que perderemos hasta fines del 2020?

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