Los trabajadores que se encuentren bajo suspensión perfecta de labores podrán acceder a una serie de beneficios, con la finalidad de que puedan tener liquidez y tener asegurada la atención en Essalud.  (Foto: GEC)
Los trabajadores que se encuentren bajo suspensión perfecta de labores podrán acceder a una serie de beneficios, con la finalidad de que puedan tener liquidez y tener asegurada la atención en Essalud. (Foto: GEC)

La titular del , , informó que a la fecha se han registrado alrededor de 5.200 empresas que solicitan acogerse a la modalidad de la , en un contexto de crisis por el avance del nuevo .

La suspensión perfecta es una forma de dejar en suspenso las dos obligaciones más importantes que tiene el contrato de trabajo. De parte del trabajador, queda en suspenso la obligación de laborar, y de parte del empleador, queda en suspenso la obligación de pagar el salario”, señala Jaime Cuzquén, socio del área laboral de KPMG.

Como se recuerda, El Ejecutivo, mediante el decreto de urgencia 038-2020, estableció que los empleadores que no puedan implementar la modalidad de trabajo remoto o aplicar la licencia con goce de haber, ya sea por la naturaleza de sus actividades o por el nivel de afectación económica, podrán pedir aplicar la suspensión perfecta de labores por un máximo de tres meses, con validación posterior del MTPE. ¿Cuáles serían los beneficios que se les otorgarían a los trabajadores?

¿A QUÉ TIENE DERECHO?

Los trabajadores que se encuentren bajo suspensión perfecta de labores podrán acceder a una serie de beneficios, con la finalidad de que puedan tener liquidez y tener asegurada la atención en Essalud.

Uno de los beneficios es que los trabajadores podrán retirar de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) un monto equivalente a su remuneración por cada mes calendario que dure la suspensión de labores, indica Adriana Tapia, gerenta del área laboral de PwC Perú.

“Lo que ha hecho el Ejecutivo es flexibilizar la disposición de la CTS. En un inicio solo se le permitía al trabajador retirar hasta S/2.400”, detalla la abogada.

En caso el trabajador no tenga en su cuenta de CTS un monto que le permita retirar una remuneración por cada mes, la norma establece que este podrá solicitar a su empleador el adelanto del pago de la CTS de mayo o la gratificación de julio.

En caso el trabajador no tenga en su cuenta de CTS un monto que le permita retirar una remuneración por cada mes, la norma establece que este podrá solicitar a su empleador el adelanto del pago de la CTS de mayo o la gratificación de julio.  (Foto: GEC)
En caso el trabajador no tenga en su cuenta de CTS un monto que le permita retirar una remuneración por cada mes, la norma establece que este podrá solicitar a su empleador el adelanto del pago de la CTS de mayo o la gratificación de julio. (Foto: GEC)
/ ANTHONY NINO DE GUZMAN

El trabajador puede presentar la solicitud al empleador por cualquier vía. No tiene que ser de manera presencial. La empresa, por su parte, tendrá cinco días calendario para realizar la operación”, explica Tapia.

Para quienes laboran en micro empresas y que, por tanto, no tiene derecho al depósito de la CTS, la ley ha establecido que el Estado les otorgará un bono de hasta S/760. Esto siempre que el usuario perciba una remuneración mensual de hasta S/2.400.

A su turno, Cuzquén precisa que el Gobierno ha fijado que los trabajadores podrán realizar un retiro de hasta S/2.000 de sus fondos de pensiones administradas por las AFP.

En detalle, la norma señala que los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) que se encuentren en una suspensión perfecta de labores pueden presentar su solicitud a partir del 30 de abril del 2020, ante su Administradora Privada de Fondos de Pensiones (AFP), de manera remota o utilizando para ello los canales establecidos por cada entrega. La entrega de dichos recursos se realizará en una única oportunidad de pago.

SEGURO SOCIAL

Durante el tiempo de la suspensión perfecta de labores, los trabajadores seguirán contando con el seguro de salud que brinda Essalud, tanto para él como para sus familiares, aun cuando no cuenten con los cinco meses de aporte mínimo que establece la ley.

El financiamiento estará a cargo de los recursos que transferirá el Ministerio de Economía y Finanzas hasta por S/92′962.601.

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¿Qué es la covid-19?

La covid-19 es la enfermedad infecciosa que fue descubierta en Wuhan (China) en diciembre de 2019, a raíz del brote del virus que empezó a acabar con la vida de gran cantidad de personas.

El Comité Internacional de Taxonomía de Virus designó el nombre de este nuevo coronavirus como SARS-CoV-2.

¿Cuáles son los síntomas del nuevo coronavirus?

Entre los síntomas más comunes del covid-19 están: fiebre, cansancio y tos seca, aunque en algunos pacientes se ha detectado dolor corporal, congestión nasal, rinorrea, dolor de garganta y diarrea. Estos malestares pueden ser leves o presentarse de forma gradual; sin embargo, existen casos en los que la gente se infecta, pero no desarrolla ningún síntoma, precisó la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Además, la entidad dio a conocer que el 80 % de personas que adquieren la enfermedad se recupera sin llevar un tratamiento especial, 1 de cada 6 casos desarrolla una enfermedad grave y tiene dificultad para respirar, la gente mayor y quienes padecen afecciones médicas subyacentes (hipertensión arterial, problemas cardiacos o diabetes) tienen más probabilidades de desarrollar una enfermedad grave y que solo el 2 % de los que contrajeron el virus murieron.

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